República Bolivariana de Venezuela
En Su Nombre
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
Guama: Miercoles, diez (10) de Abril de Dos Mil Veinticuatro (2024).
AÑOS: 213º y 164º
Vistas las anteriores actuaciones de solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentadas por el Ciudadano: ANGEL MOISES GUTIERREZ venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, portador de la Cédula de Identidad No V-7.554.834, asistido por el Abogado en ejercicio OSCAR ENRIQUE JASPE VELIS inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 228.127, en el cual solicitó el Justificativo de Perpetua Memoria (TITULO SUPLETORIO) sobre unas bienhechurías, construidas en un Terreno de Propiedad Municipal, ubicado en la Avenida Miranda con Calle 24, Sector Palito Blanco, Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, cuyas medidas, linderos, especificaciones y características se encuentran detalladas en el escrito de solicitud. Se admitió en fecha Lunes, Uno (01) de Abril de Dos Mil Veinticuatro (2024), ordenándose la respectiva notificación al Ciudadano Alcalde del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, tal como lo establece el Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Seguidamente, fueron oídas las declaraciones de los testigos en fecha 02/04/2024 presentadas por la parte interesada, Ciudadanos: HECTOR NHEILL NAVEA MOTA y NEJANS DAYS FLORES MOTA venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de Identidad Nros. V-13.314.399 y V-17.256.239 respectivamente, las cuales son apreciadas por esta Juzgadora a favor de sus promoventes, por encontrarlas contestes entre sí, pues demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por su parte, el Alcalde del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy, recibió en fecha 03/04/2024 la notificación de la presente solicitud, mediante oficio Nº 3320-047-2024, siendo consignada en fecha 04/04/2024 por el Ciudadano Alguacil de este Tribunal. Posteriormente, la Ciudadana Abg. Esp. Yelitza Torres, Sindico Procurador del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy remitió su criterio favorable, recibido por este Tribunal en fecha 09/04/2024
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