REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 13 de agosto de 2024
Años: 214º y 165º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus recaudos anexos, suscrita y presentada por el ciudadano KLEMM MUJICA EDWUAR ERNESTO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 14.442.807, con domicilio procesal ubicado en la calle 12, entre avenidas 7 y 8, edificio Rental, 1er. piso, municipio San Felipe, estado Yaracuy, debidamente asistido por el abogado en ejercicio SANTOS PLAZAS HECTOR JAVIER, inscrito en el Inpreabogado con el N° 176.312, y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, ciudadanos QUERALES ZALAZAR CARMEN COROMOTO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 4.802.714, y domiciliada en la urbanización Prados del Norte, avenida 2, entre calles 4 y 5, casa N° 2-94, municipio Independencia, estado Yaracuy, y ADAMES ESCOBAR ALFREDO JAVIER, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° 7.913.625, y domiciliado en la urbanización Prados del Norte, avenida 2, entre calles 4 y 5, casa N° 2-84, municipio Independencia, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana MUJICA LÓPEZ MAIGUALIDA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 7.504.941, y quien residía en Prados del Norte, avenida 2, entre calles 4 y 5, casa N° 2-86, municipio Independencia, estado Yaracuy, suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde al ciudadano KLEMM MUJICA EDWUAR ERNESTO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 14.442.807. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse al solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.903-24 (de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal), y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria,
Abg. Zorennis Columba Ramos Verastegui
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,
Abg. Mayairy Y. Rangel O.