REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 19 de Diciembre de 2024
AÑOS: 214º y 165º
ASUNTO : UP11-H-2024-000476
SOLICITANTES: Ciudadanos YEXENIA COROMOTO MARTINEZ Y OSWALDO JOSE MONEDERO GONZALEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 18.646.419 Y 19.712.326 respectivamente, asistido por la abogada ELDA AGÜERO IPSA bajo el Nº 183.146
BENEFICIARIO: La adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),titular de la cedula de identidad Nº 34.205.994 nacida en fecha 27-10-2010
HOMOLOGACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR
Los ciudadanos YEXENIA COROMOTO MARTINEZ Y OSWALDO JOSE MONEDERO GONZALEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 18.646.419 Y 19.712.326 respectivamente, asistido por la abogada ELDA AGÜERO IPSA bajo el Nº 183.146 presentan la presente homologación en la cual quedo establecido el acuerdo sobre la autorización para viajar fuera del país a favor de la adolescente de auto, el cual quedó establecido en los siguientes términos: Con respecto a la AUTORIZACION DE VIAJE se estableció: “ solicita permiso de viaje para ir al exterior específicamente a MADRID- ESPAÑA para que la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),viaje en compañía de su madre ciudadana YEXENIA COROMOTO MARTINEZ específicamente a la siguiente dirección: calle almonte Numero 16 Madrid España. Previsto efectuarse para el día 30-12-2024 dese la ciudad de caracas distrito capital Venezuela a la ciudad de Madrid, país España, por vía aérea empresa que provee el traslado AEROLINEAS ESTELAR numero de bolero aéreo 0520330505714 para la madre y boleto aéreo para la adolescente numero 0520330505716 y en fecha de de Junio de 2024, desde la ciudad de Madrid España hasta la ciudad de caracas país Venezuela, por vía aérea empresa que provee AIREUROPA UX0071, MA, Spain – CCS Venezuela, Aircraft BOEING 787-8 con hora de salida 16:40 hora de llegada 21:00 boletos Nº UX0071.” Ambas partes solicitan al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial que imparta la Homologación al presente acuerdo el cual surte efectos inmediatos. En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGA en sus propios términos dichos convenios, por no ser contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),titular de la cedula de identidad Nº 34.205.994 nacida en fecha 27-10-2010 portadora del pasaporte venezolano Nº 193935046 viajen con destino a la ciudad de MADRID- ESPAÑA en compañía de su MADRE la ciudadana YEXENIA COROMOTO MARTINEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14438004 , portador del pasaporte venezolano signado con le Nº 18.646.419 , con el siguiente itinerario; con fecha de salida el día 30-12-2024 dese la ciudad de caracas distrito capital Venezuela a la ciudad de Madrid, país España, por vía aérea empresa que provee el traslado AEROLINEAS ESTELAR numero de bolero aéreo 0520330505714 para la madre y boleto aéreo para la adolescente numero 0520330505716 y en fecha de de Junio de 2024, desde la ciudad de Madrid España hasta la ciudad de caracas país Venezuela, por vía aérea empresa que provee AIREUROPA UX0071, MA, Spain – CCS Venezuela, Aircraft BOEING 787-8 con hora de salida 16:40 hora de llegada 21:00 boletos Nº UX0071 , Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Diecinueve (19) días del mes de Diciembre de 2024. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Rossmary Ceballos Olmos
El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS
En la misma fecha se público y registro la anterior sentencia se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS
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