Se inician las presentes actuaciones por solicitud de DIVORCIO 185 CC, de conformidad
con lo establecido en la Sentencia 1070 de fecha 9 de diciembre de 2016, de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, efectuada por el ciudadano: LUIS
ALFREDO YOVERA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de
Identidad Nº V-18.054.506, asistido por el Abogado JESUS RAFAEL ZAMORA FLORES,
inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 244.711, contra la
ciudadana ADRIANA ROSA MENDOZA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular
de la cédula de identidad número V-18.053.254.
La solicitud y los anexos fueron recibidos en fecha: 10/10/2024, admitida por auto
dictado por el Tribunal en fecha 15/10/2024, ordenándose en la misma fecha para citar a la
ciudadana ADRIANA ROSA MENDOZA ALVAREZ y notificar a la Fiscal Séptimo del
Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que se pronunciara al
respecto de dicha solicitud, según auto y boletas.
En fecha 17/10/2024, el Alguacil de este Juzgado consignó Boletas de Citación sin
firmar de la ciudadana ADRIANA ROSA MENDOZA ALVAREZ y se agrego el
expediente.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
En fecha 22/11/2024, el ciudadano: LUIS ALFREDO YOVERA MARTINEZ,
asistido por el Abogado JESUS RAFAEL ZAMORA FLORES, en vista de que el Alguacil
de este Tribunal no pudo localizar a la ciudadana ADRIANA ROSA MENDOZA
ALVAREZ, solicita que se publique un cartel de notificación en un diario de mayor
circulación de conformidad con el artículo 233 del código de procedimiento civil.
Mediante auto de fecha 24/18/2024, se acordó librar cartel correspondiente a la
ciudadana ADRIANA ROSA MENDOZA ALVAREZ, para que sea publicado en el
diario de mayor circulación en la localidad de conformidad con el artículo 233 del Código
de Procedimiento Civil.
En fecha 25/10/2024, el ciudadano: LUIS ALFREDO YOVERA MARTINEZ,
asistido por el Abogado JESUS RAFAEL ZAMORA FLORES, solicita al Tribunal que se
le haga entrega del cartel a los fines de la publicación en la prensa.
En fecha 29/10/2024, el ciudadano: LUIS ALFREDO YOVERA MARTINEZ,
asistido por el Abogado JESUS RAFAEL ZAMORA FLORES, consigna el ejemplar del
periódico EL Yaracuy Al Día de fecha 28/10/2024, donde aparece publicado en la página
11 el cartel de notificación
En fecha 13/11/2024, el alguacil de este Juzgado consignó Boleta de Notificación
firmada, por la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, la
mencionada Fiscal emite su pronunciamiento de manera Favorable y se agrega al
expediente.
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
Manifiesta en su escrito el solicitante que en fecha 03/09/2010, contrajeron
matrimonio Civil por ante el Registro Civil del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy,
según consta en copia certificada de acta de matrimonio Nº 76, de los libros de Registro
Civil de Matrimonios llevados por la oficina en el año 2010. Que fijaron su domicilio
conyugal en la carrera 05 entre calles 07 y 08, barrio Cuatro Esquina I, Sabana de Parra,
municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy. Que de mutuo acuerdo decidieron separarse
de hecho desde el mes de Julio del año 2017, convinieron en separarse de hecho, de que se
produjo la separación y consecuencia incumplimiento de lo establecido en el artículo 137
del Código Civil Venezolano, con relación a las obligaciones de los conyugues, motivo por
el cual, compareció a solicitar el divorcio. Que durante la unión conyugal no existieron
bienes que liquidar y no procrearon hijos. Que fundamentaron la solicitud de Divorcio de
conformidad a la Sentencia de la Sala Constitucional Nº 1070 de la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia.
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