REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 17de enero de 2024
Años: 213º y 164º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanosNAVEA DURAN ARGENIS JOSÉ,venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-7.418.796, domiciliado en la urbanización Los Mangos, calle 3, quinta Yolicar, municipio San Felipe, estado Yaracuyy SILVA GUTIÉRREZ YUNIOR ALEXANDER,venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº V-18.054.498, domiciliado en la urbanización San Gerónimo, calle 13, casa N° 74, municipio Cocorote, estado Yaracuy, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadanoCEGARRA MARTÍNEZ MARTIN JOSÉ, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-21.064.362, asistido del abogadoYUSTI TOVAR GUSTAVO ANTONIO, inscrito en el Inpreabogado con el N° 138.696, sobre las bienhechurías construidas sobre un área de terreno municipal, que mide ciento treinta metros cuadrados con veintiún centímetros cuadrados (130,21 M2), con un área de construcción que mide ciento ocho metros cuadrados con diez centímetros cuadrados (108,10 M2), ubicadaen sector Simón Bolívar, avenida 08 con calle 25, casa N° 24-36, municipio Independencia, estado Yaracuy, consistentes de un inmueble (casa unifamiliar), con las siguientes características:techo de acerolit, piso de concreto, paredes de bloques de concreto, distribuida de la siguiente forma: tres (3) habitaciones, un (1) baño, una (1) sala de recibo, un (1) comedor, una (1) cocina, lavandero, un (1) pasillo de piso de concreto, cinco (5) puertas de hierro, dos (2) ventanas de hierro con vidrios, con sus respectivas instalaciones de aguas blancas y aguas negras e instalaciones eléctricas,y alinderadas de la siguiente manera: Norte: casa que es o fue de Carmen Rivas; Sur: calle 25; Este: avenida 08; y Oeste: casa que es o fue de Raúl Jiménez. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Provisoria,


Abg. Dayhel Vanessa Febles Luis
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas de todo lo actuado.
La Secretaria,

Abg. Mayairy Y. Rangel O