REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 25 de Julio de 2024
AÑOS: 214º y 165º
ASUNTO : UP11-H-2024-000263
SOLICITANTES: Ciudadanos ANDER ALBERTO MEDINA GUERRERO Y YESENIA ALEXANDRA PARRA TORTOLERO , venezolanos,mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 15.189.246 y V-13.984.617 .respectivamente, representados por el abogado FERNANADO MIGUEL OLIVEROS IPSA bajo Nº 202.381
BENEFICIARIO: La adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) titular dela cedula de identidad Nº 32.964.545 pasaporte venezolano Nº 187231918
HOMOLOGACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR

Los ciudadanos ANDER ALBERTO MEDINA GUERRERO Y YESENIA ALEXANDRA PARRA TORTOLERO , venezolanos,mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 15.189.246 y V-13.984.617 .respectivamente, representados por el abogado FERNANADO MIGUEL OLIVEROS IPSA bajo Nº 202.381 presentan la presente homologación en la cual quedo establecido el acuerdo sobre la autorización para viajar fuera del país a favor de la adolescente de autos, el cual quedó establecido en los siguientes términos:
Con respecto a la AUTORIZACION DE VIAJE se estableció:
“Es el caso que nosotros como padres de ANDREINA ALEXANDRA MEDINA quien nación en la ciudad de nirgua del estado Yaracuy, en fecha 17 de septiembre de 2009, según acta de nacimiento número 410, expedida por le registro civil padre oliveros del municipio Nirgua del estado Yaracuy con cedula de identidad Nº 32.964.545 y pasaporte venezolano Nº 187231918 vigente desde el 11 de abril del 2024 al 10 de abril del 2009 como puede observar nuestra hija cumple 15 años en septiembre de este año, por lo que hemos decidido como regalo un viaje a ESPAÑA, para visitar a su tía materna MARYOTY JEANETH MEDINA GUERRERO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.103.960 número de pasaporte 145724333 vigente desde el 24 de agosto del 2022 al 24 de agosto del 2027 residenciada en la calle Chajajo, numero 4 piso 2 izquierdo guía de isora santa cruz de Tenerife España dirección donde llegara y su abuela materna ciudadana MARY GUERRERO . Siendo estas las razones por las cuales ocurrimos as su competente autoridad y en pro de la voluntad de la niña y nuestra solicitar autorización de viaje para que ANDREINA ALEXANDRA MEDINA PARRA venezolana titular dela cedula de identidad Nº 32.964.545 pasaporte venezolano Nº 187231918 viaje SOLA por vía aérea con la AEROLINEA PLUS ULTRA LINEAS AEREAS S.A desde el aeropuerto Internacional Simón Bolívar ciudad de caracas en fecha 19-10-2024 hacia Tenerife España a las 20:30 hora vuelo PU0712 y con retorno desde Tenerife España el l día 17-11-2024 a caracas Venezuela, aeropuerto internacional Simón Bolívar a las 12:20 en el vuelo Nº PU0711 Ambos partes solicitan al tribunal de protección de niños niñas y adolescentes de esta circunscripción judicial que imparta la homologación al presente acuerdo el cual surte efecto inmediatos. .en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGAen sus propios términos dichos convenios, por no ser contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)titular dela cedula de identidad Nº 32.964.545 pasaporte venezolano Nº 187231918 viaje en compañía SOLA con destino a la ciudad de TENERIFE – ESPAÑA con el siguiente itinerario: saliendo desde el aeropuerto Internacional Simón Bolívar ciudad de caracas en fecha 19-10-2024 hacia Tenerife España a las 20:30 hora vuelo Nº PU0712 y con retorno desde Tenerife España el día 17-11-2024 a caracas Venezuela, aeropuerto internacional Simón Bolívar a las 12:20 en el vuelo Nº PU0711 Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación.

Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Veinticinco (25) días del mes de Julio de 2024. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.


La Jueza

Abg. Rossmary Ceballos Olmos
El Secretario,
Abg Joel barrios