REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 31 de Julio de 2024
AÑOS: 214º y 165º
ASUNTO : UP11-H-2024-000276
SOLICITANTES: Ciudadanos JOSE GREGORIO AMAYA VARELA Y ANA PATRICIA MARGI RODRIGUEZ , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 15.283.561 y V- 18.438.892 .respectivamente, asistidos por la abogada MARIA EUGENIA AMAYA VARELA IPSA bajo el Nº 92.041
BENEFICIARIO: El adolecente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)nacido en fecha 24-04-2008
HOMOLOGACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR Y CAMBIO DE DOMICILIO

Los ciudadanos JOSE GREGORIO AMAYA VARELA Y ANA PATRICIA MARGI RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 15.283.561 y V- 18.438.892 .respectivamente, asistidos por la abogada MARIA EUGENIA AMAYA VARELA IPSA bajo el Nº 92.041 presentan la presente homologación en la cual quedo establecido el acuerdo sobre la autorización para viajar fuera del país a favor del adolescente de autos, el cual quedó establecido en los siguientes términos:
Con respecto a la AUTORIZACION DE VIAJE Y CAMBIO DE DOMICILIO se estableció: “ es el caso que nuestro hijo (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) nacido en fecha 24-04-2008 DE 16 años de edad, de nacionalidad venezolana nacido en la ciudad de Barquisimeto estado Lara, el día 24 de abril del 2008, acta Nº 8930 expedida por el registro civil de la parroquias catedral municipio Iribarren del estado Lara titular de la cedula de identidad Nº 32.441.962, numero de pasaporte 180698435 vigencia desde el 09-08-2023 hasta el 08-08-2028, residenciado en la ciudad de Zschopau 09405, calle ob. Muhistrabe 17, Alemania Nro. De residencia YZVX76367 vigencia hasta el 19-07-2025 viajara a la ciudad de Berlín Alemania en fecha 02-08-2024 toda vez que le mismo tiene su residencia fijada en ese país como se desprende de residencia alemana dicho viaje se hará vía aérea con la aerolínea IBERIA según se desprende de Ticket Nº 075-1430449765 con el siguiente itinerario: salida el día 02-08-2024 el adolescente saldrá con la ruta caracas – Venezuela con destino a la ciudad de Madrid- España en el vuelo Nº IB6674, llegando a dicha ciudad el día 03-08-2024 a las 07:50 horas de la mañana luego el día 03-08-2024 en el vuelo Nº IB3672 saldrá de Madrid a España hasta Berlín Alemania “Ambos partes solicitan al tribunal de protección de niños niñas y adolescentes de esta circunscripción judicial que imparta la homologación al presente acuerdo el cual surte efecto inmediatos. .en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGAen sus propios términos dichos convenios, por no ser contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJEY CAMBIO DE DOMICILIO, para que el niño. (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)nacido en fecha 24-04-2008 pasaporte venezolano Nº 180698435 viaje en compañía de la madre la ciudadana ANA PATRICIA MARGI RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 18.438.892 con pasaporte venezolano Nº 18438892 con el siguiente itinerario: salida el día 02-08-2024 el adolescente saldrá con la ruta caracas – Venezuela con destino a la ciudad de Madrid- España en el vuelo Nº IB6674, llegando a dicha ciudad el día 03-08-2024 a las 07:50 horas de la mañana luego el día 03-08-2024 en el vuelo Nº IB3672 saldrá de Madrid a España hasta Berlín AlemaniaTéngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación.

Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los treinta y uno (31) días del mes de Julio de 2024. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.


La Jueza

Abg. Rossmary Ceballos Olmos
El Secretario,
Abg Joel barrios