REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, 27 de Junio de 2024
214° y 165°
ASUNTO: UP11-L-2023-000004.-
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
ASUNTO: UP11-N-2023-000004.-
Vista las pruebas promovidas por la parte recurrente y por el tercero interesado en la audiencia de juicio celebrada el día 21-06-2024, este tribunal estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 84 de la Ley Orgánica de de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, pasa pronunciarse sobre la admisibilidad de dichos medios probatorios, lo cual hace de la siguiente manera:
PARTE RECURRENTE:
Con relación a las PRUEBAS DOCUMENTAL referentes a: expediente administrativo distinguido con la nomenclatura 057-01-2020-00001, contentiva del procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos seguido por la ciudadana ALNERYS MAYELA VELASCO en contra de la empresa AEROCLOSET, C.A., marcado con letra “A” (folios 21 al 140 de la P.1); este juzgado la ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente.
TERCERO INTERESADO:
En atención, a las pruebas promovidas en el Capitulo Primero y Tercero en atención al Merito Favorable y al Principio de la Comunidad de la Prueba. Estas no constituyen un medio de prueba por lo cual no son susceptibles de valoración.
Con relación a las PRUEBAS DOCUMENTALES referentes a:
• Copias Fotostáticas certificadas, contentivas de actuaciones levantadas y suscritas en la Inspectoría del Trabajo de San Felipe estado Yaracuy en la causa 057-2020-01-000001, que registran la Simulación de Reenganche perpetrada por el patrono, marcado con letra “A” ( Folios 53 al 56 con su vto y folios 57 al 66 de la P.2).
• Impresión digital de la cuenta individual del IVSS la ciudadana VELASCO APIS ALNERI MAYELA, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.379.190, marcado con letra “B” (Folios 67 de la P.2).
• Estado de cuenta nómina corriente del Banco Provincial BBVA de la trabajadora ALNERI MAYELA VELASCO APIS, portadora de la cédula de identidad Nº V- 14.379.190, marcado con letra “C” (Folios 68 de la P.2).
• Copia fotostática del carnet de Discapacidad de la Trabajadora ALNERY VELASCO, marcado con letra “D” (Folios 69 de la P.2).
Este juzgado las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar la misma manifiestamente ilegal ni impertinente.
Con respecto a la PRUEBA DE EXHIBICIÓN:
Providencia Administrativa emanada de autoridad competente (Inspectoría del Trabajo) donde autorizan el cierre técnico de AREOCLOSET, la Suspensión de la Relación Laboral de los Trabajadores de la Entidad de trabajo AREOCLOSET, y la reducción de Salarios de la entidad de Trabajo AREOCLOSET, así como el Despido Masivo de Trabajadores de la entidad de trabajo AREOCLOSET.
Libro de Control de Asistencia (No de novedades de ningún vigilante) de los trabajadores de AREOCLOSET con especial atención al año 2023.
Asignación de Tareas a la Trabajadora posterior a su Reenganche.
Recibos de Pago y Constancia de depósito bancario a la trabajadora ALNERY VELASCO en el mes de julio 2023.
Registro de reingreso de la trabajadora ALNERY VELASCO en el I.V.S.S
En relación a las pruebas de exhibición antes mencionadas, este tribunal las ADMITE, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales, ni impertinentes.
En este sentido, de conformidad con el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Tribunal fija para el día DIEZ (10) DE JULIO DE 2024, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.) para que tenga lugar la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas, en la cual las partes realizaran el control de los medios de prueba admitidos.
La Jueza,
Abg. Anniely Elías Corona
El Secretario,
Abg. Pablo Velásquez
ASUNTO NROº: UP11-L-2023-000004.-
Pieza Nº 2
AML/PV/yaraujo