REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diecisiete (17) de junio de 2024
214° y 165°
EXPEDIENTE N° JSA-2020-000475
Vista la diligencia inserta al folio que antecede, suscrita y presentada por la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-7.592.746, debidamente asistida por el abogado en ejercicio OMAR WALID HASSAN OSSAIS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 319.959, parte actora en la presente causa; a tal efecto, por cuanto en fecha, dos (02) de abril del presente año fui designado Juez Provisorio del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy según designación de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y prestado el debido juramento de Ley en fecha, nueve (09) de Mayo de los corrientes, tomando formalmente posesión de funciones en este Tribunal en fecha, diecisiete (17) de Mayo del año en cu rso; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me aboco al conocimiento de la presente causa. Así pues, luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, este Jurisdicente evidencia que, en auto que riela inserto al folio 182, fue declarada Definitivamente Firme la decisión dictada en fecha, catorce (14) de Agosto de Dos Mil Veintitrés (2023) por este Juzgado, no obstante, en el particular Cuarto de la referida decisión fue impuesta multa a la accionante de autos, ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ, ya identificada, por lo que encontrándose notificada, se insta a la precitada ciudadana cumplir con el mandamiento impuesto por este Órgano Jurisdiccional. Por otra parte, respecto a la notificación de las partes requerida por la accionante, resulta inoficioso toda vez el estado en que se encuentra el presente proceso. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
ABOG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO.
La Secretaria Temporal,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ.
EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000475
CALO/KVH/mp
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se Hace Saber:
Al ciudadano JOSÉ MARTÍN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V- 7.755.793, domiciliado en Nirgua, Municipio Nirgua, del estado Yaracuy, Y /O SU REPRESENTACIÓN JUDICIAL, abogados ALCIDE RAMÓN URBINA GARCÍA, LUIS RAFAEL LIMA SILVA y RUBÉN RAFAEL RUMBOS GIL, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números V-12.579.772, V-13.639.477 y V-7.583.616, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 90.961, 117.421 y 34.930, en su orden, con domicilio procesal en el Escritorio Jurídico “Lima, Urbina y Rumbos”, calle Ricaurte con calle Comercio, Edificio Santa Eduviges piso 1 oficina 3, Barinas, estado Barinas; que por cuanto fui designado Juez Provisorio del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy por Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha, dos (2) de abril del presente año y prestado el debido juramento de Ley en fecha, nueve (09) de mayo de los corrientes, tomando formalmente posesión de funciones en fecha, diecisiete (17) de mayo del año en curso; en esta misma fecha ME ABOQUÉ AL CONOCIMIENTO en la causa que se sustancia en el Expediente Nº JSA-2020-000475 (nomenclatura particular llevada por este Juzgado), relacionado con el Amparo Constitucional incoado por la representación judicial de la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ A, titular de la cédula de identidad número V-7.592.746, en contra de la sentencia dictada en fecha diez (10) de octubre de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial; en consecuencia, con la finalidad de resguardar el Derecho a la Defensa y a la Tutela Judicial Efectiva, se acordó su notificación informándoles que una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, comenzará el lapso de tres (03) días establecido en el artículo 90 de la precitada norma, a los fines de salvaguardar el derecho que tienen las partes de ejercer la recusación, vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa continuará en el estado en el que se encontraba.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes. Firmará al pie de la boleta, indicando lugar, fecha y hora como prueba de haber quedado debidamente notificado. En San Felipe, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
DIOS y FEDERACIÓN
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
JUEZ PROVISORIO DEL JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
4ta. Avenida entre calles 12 y 13, C.C. “La Casona”, Municipio San Felipe estado Yaracuy
Teléfono: 0254-231.89.60
Correo: superioragrarioyaracuy2021@gmail.com
EL NOTIFICADO:
NOMBRE Y APELLIDO: ________________________________________________________________________________________
CÉDULA DE IDENTIDAD Nº________________________ ___FIRMA:_______________________________________________
LUGAR: _______________________________ FECHA: ______________________ HORA: _________________________________
EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000475
CALO/KVH/mp
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JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se Hace Saber:
A la ciudadana ROSA MARÍA SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-11.649.899, domiciliada en Nirgua, Municipio Nirgua, del estado Yaracuy, Y /O SU REPRESENTACIÓN JUDICIAL, abogados ALCIDE RAMÓN URBINA GARCÍA, LUIS RAFAEL LIMA SILVA y RUBÉN RAFAEL RUMBOS GIL, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números V-12.579.772, V-13.639.477 y V-7.583.616, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 90.961, 117.421 y 34.930, en su orden, con domicilio procesal en el Escritorio Jurídico “Lima, Urbina y Rumbos”, calle Ricaurte con calle Comercio, Edificio Santa Eduviges piso 1 oficina 3, Barinas, estado Barinas; que por cuanto fui designado Juez Provisorio del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy por Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha, dos (2) de abril del presente año y prestado el debido juramento de Ley en fecha, nueve (09) de mayo de los corrientes, tomando formalmente posesión de funciones en fecha, diecisiete (17) de mayo del año en curso; en esta misma fecha ME ABOQUÉ AL CONOCIMIENTO en la causa que se sustancia en el Expediente Nº JSA-2020-000475 (nomenclatura particular llevada por este Juzgado), relacionado con el Amparo Constitucional incoado por la representación judicial de la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ A, titular de la cédula de identidad número V-7.592.746, en contra de la sentencia dictada en fecha diez (10) de octubre de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial; en consecuencia, con la finalidad de resguardar el Derecho a la Defensa y a la Tutela Judicial Efectiva, se acordó su notificación informándoles que una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, comenzará el lapso de tres (03) días establecido en el artículo 90 de la precitada norma, a los fines de salvaguardar el derecho que tienen las partes de ejercer la recusación, vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa continuará en el estado en el que se encontraba.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes. Firmará al pie de la boleta, indicando lugar, fecha y hora como prueba de haber quedado debidamente notificado. En San Felipe, a los catorce (14) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024). Años 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
DIOS y FEDERACIÓN
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
JUEZ PROVISORIO DEL JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
4ta. Avenida entre calles 12 y 13, C.C. “La Casona”, Municipio San Felipe estado Yaracuy
Teléfono: 0254-231.89.60
Correo: superioragrarioyaracuy2021@gmail.com
EL NOTIFICADO:
NOMBRE Y APELLIDO: ________________________________________________________________________________________
CÉDULA DE IDENTIDAD Nº________________________ ___FIRMA:_______________________________________________
LUGAR: _______________________________ FECHA: ______________________ HORA: _________________________________
EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000475
CALO/KVH/mp
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, catorce (14) de junio del año 2024
214° y 165°
OFICIO Nº JSA-010/2024
CIUDADANA:
ABG. ILEANA NOHEMÍ ROJAS ROJAS.
JUEZA DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SU DESPACHO.-
Ante todo un cordial y afectuoso saludo.
Por medio de la presente me dirijo a usted, con la finalidad de notificarle que en virtud de haber sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia como Juez Provisori de este Tribunal, presté debido juramento el día nueve (09) de mayo de presente año, y tomé posesión de funciones en fecha diecisiete (17) de mayo del año en curso; y en virtu de la diligencia recibida en fecha (11/06/2024), suscrita y presentada por la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-7.592.746, debidamente asistida por el abogado OMAR WALID HASSAN OSSAIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-28.022.261, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 319.959, parte actora; en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL que se sustancia en el expediente N° JSA-2020-000475, de la nomenclatura natural llevada por este despacho, incoada por la referida ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ A., en contra de la sentencia dictada en fecha diez (10) de octubre de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial a su cargo; en consecuencia, ME ABOQUÉ AL CONOCIMIENTO de la misma; en tal sentido se le informa, que una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, comenzará el lapso de tres (03) días establecido en el artículo 90 de la precitada norma, a los fines de salvaguardar el derecho que tienen las partes de ejercer la recusación, vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa continuará en el estado procesal en el que se encontraba.
Notificación que se hace a los fines legales consiguientes.
Atentamente,
DIOS y FEDERACIÓN
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
JUEZ PROVISORIO DEL JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
4ta. Avenida entre calles 12 y 13, C.C. “La Casona”, Municipio San Felipe estado Yaracuy
Teléfono: 0254-231.89.60
Correo: superioragrarioyaracuy2021@gmail.com
EXPEDIENTE Nº JSA-2020-000475
CALO/KVH/mp