REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL Juez del Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
El Vigía, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro
214º y 165 ASUNTO: LP51-H-2024-000087 VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: JORGE RICARDO FERREIRA MORA y RAIZA YATHANY GUERRERO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.032.747 y V-19.487.646 debidamente asistidos por las Abogadas MARY ROSA ZAMBRANO MORALES y ELIZABETH COROMOTO VELASQUEZ PEÑA, Defensoras Publicas Primera Provisoria y Auxiliar Primera, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 8.049.021 y V-12.654.509, Inpreabogado N° 53.072 y N° 271.551 respectivamente; Quienes conciliaron en Reglamentar LA HOMOLOGACION DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA), en beneficio de los adolescentes: SANTIAGO DAVID FERREIRA GUERRERO y MIRIAN KAMILA FERREIRA GUERRERO, titulares de las cedulas de identidad N° V-33.758.529 y V-34.225.855, pasaporte N° 187427834 y N°187429137, nacidos en fecha 17-05-2010 y 11-02-2012 de catorce (14) años de edad y doce (12) años, quienes viajaran en compañía de su progenitora la ciudadana RAIZA YATHANY GUERRERO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-19.487.646 Pasaporte N° 182972724. Con el siguiente itinerario de viaje: SALIDA el día 27-08-2024 por vía terrestre desde la ciudad de Tovar hasta la ciudad de El Vigía, Estado Bolivariano de Mérida, Venezuela. Ese mismo día desde el Aeropuerto Juan Pablo Pérez Alfonso de la ciudad de El Vigía, en el vuelo comercial N° ES 884 O, con la Aerolínea Estelar Latinoamérica C.A hasta el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar en Maiquetía, Estado La Guaira, Venezuela. El día 28-08-2024 parten del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, en Aerolíneas Laser C.A, en el vuelo comercial N° QL 2920 T con destino al Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas en Madrid, España. Retornando el 19-09-2024 desde el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas en Madrid, España, en Aerolíneas Laser C.A, con el vuelo comercial N° QL 2921 T hasta el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar en Maiquetía, Estado La Guaira, Venezuela. Posteriormente por vía terrestre desde el estado La Guaira hasta Tovar, Estado Bolivariano de Mérida. El progenitor JORGE RICARDO FERREIRA MORA, antes identificado da su aprobación para que sus hijos pueda viajar fuera del país en compañía de su progenitora la ciudadana RAIZA YATHANY GUERRERO ZAMBRANO. Todo esto conforme en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los adolescentes: SANTIAGO DAVID FERREIRA GUERRERO y MIRIAN KAMILA FERREIRA GUERRERO, titulares de las cedulas de identidad N° V-33.758.529 y V-34.225.855, pasaporte N° 187427834 y N°187429137, nacidos en fecha 17-05-2010 y 11-02-2012 de catorce (14) años de edad y doce (12) años. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el presente convenimiento suscrito por los ciudadanos: JORGE RICARDO FERREIRA MORA y RAIZA YATHANY GUERRERO ZAMBRANO, antes identificados; y en consecuencia, en aras de garantizarle el derecho al libre y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La RAIZA YATHANY GUERRERO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-19.487.646 Pasaporte N° 182972724, queda PLENAMENTE AUTORIZADA para viajar fuera del país, específicamente a ESPAÑA con sus hijos los adolescentes: SANTIAGO DAVID FERREIRA GUERRERO y MIRIAN KAMILA FERREIRA GUERRERO, titulares de las cedulas de identidad N° V-33.758.529 y V-34.225.855, pasaporte N° 187427834 y N°187429137, nacidos en fecha 17-05-2010 y 11-02-2012 de catorce (14) años de edad y doce (12) años. En virtud de la aprobación de su progenitor el ciudadano JORGE RICARDO FERREIRA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.032.747. Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día VIERNES, VEINTISIETE (27) DE SEPTIEMBRE DE 2024.------------------------------------------------------ Certificada como queda la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose publicar, registrar, y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.---------------------CÓPIESE Y PUBLÍQUESE, DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA. En la ciudad de El Vigía, a los dieciocho (18) días del mes de junio dos mil veinticuatro (2024) Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.----------------

LA JUEZ PROVISORIO

ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. FRANCISCO ALONSO LOPEZ PRATO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

EL SRIO.

EXP LP51-H-2024-000087
AMMJ/Csvm.-