REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, Seis (06) de Junio del año 2024
214º y 165º
ASUNTO: MUN-2024-793
Resolución Nº PJ0262024000068

Vista la diligencia que antecede, de fecha 05 de Junio de 2024, suscrita por la ciudadana ROSA MARGARITA HERNANDEZ DE MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.186.767, debidamente asistida por el ciudadano JOEL MILLAN LOZADA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.092, mediante la cual DESISTE de la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION y solicita la devolución de los documentos originales acompañados con la solicitud, este Tribunal observa que la parte tiene capacidad para disponer del derecho en litigio; que se trata de materias sobre las cuales no están prohibidas las transacciones, conforme al artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, cuestión por la cual, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al Desistimiento del procedimiento hecho por la parte en la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, interpuesta por la ciudadana ROSA MARGARITA HERNANDEZ DE MEDINA, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 ejusdem. Así se decide.
Se declara terminado el procedimiento y se ordena su remisión al archivo judicial. Devuélvanse los documentos originales consignados por la parte actora, previa certificación en autos.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los seis (06) días del mes de Junio del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 214° de la Independencia y 165° de la federación.
La Juez Suplente,
Josmedith Méndez Medina
La Secretaria
Ennys Barreto Escorche

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana.
La Secretaria
Ennys Barreto Escorche


JMM/EBE/Rosana.-