Se inician las presentes actuaciones por solicitud de DIVORCIO 185 CC, de
conformidad con lo establecido en la Sentencia 1070 de fecha 9 de diciembre de 2016,
de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, efectuada por el ciudadano:
SECUNDINO ANTONIO CHAVEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad,
titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.926.520, asistido por el Abogado NELSON
ADONIS LEON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el
numero 61.272, contra la ciudadana NELLY BEATRIZ YUSTIS GARCIA,
venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.988.376.
La solicitud y los anexos fueron recibidos en fecha: 06/02/2024, admitida por
auto dictado por el Tribunal en fecha 09/02/2024, ordenándose en la misma fecha para
citar a la ciudadana NELLY BEATRIZ YUSTIS GARCIA y a la Fiscal Séptimo del

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que se pronunciara al
respecto de dicha solicitud, según auto y boletas.
En fecha 22/04/2024, el alguacil de este Juzgado consignó Boletas de Citación
sin firmar de la ciudadana NELLY BEATRIZ YUSTIS GARCIA y se agrego el
expediente.
En fecha 22/04/2024, el ciudadano: SECUNDINO ANTONIO CHAVEZ
RODRIGUEZ, asistido por el Abogado NELSON ADONIS LEON, en vista de que el
Alguacil de este Tribunal no pudo localizar a la ciudadana NELLY BEATRIZ
YUSTIS GARCIA, solicita que se publique un cartel de notificación en un diario de
mayor circulación de conformidad con el artículo 233 del código de procedimiento
civil.
Mediante auto de fecha 24/04/2024, se acordó librar cartel correspondiente a la
ciudadana NELLY BEATRIZ YUSTIS GARCIA, para que sea publicado en el diario
de mayor circulación en la localidad de conformidad con el artículo 233 del Código de
Procedimiento Civil.
En fecha 24/04/2024 el ciudadano: SECUNDINO ANTONIO CHAVEZ
RODRIGUEZ, asistido por el Abogado NELSON ADONIS LEON, solicita al Tribunal
que se le haga entrega del cartel a los fines de la publicación en la prensa.
En fecha 10/05/2024 el ciudadano: SECUNDINO ANTONIO CHAVEZ
RODRIGUEZ, asistido por el Abogado NELSON ADONIS LEON consigna el
ejemplar del periódico EL Yaracuy Al Día de fecha 08/05/2024, donde aparece
publicado en la página 13 el cartel de notificación
En fecha 04/06/2024, el alguacil de este Juzgado consignó Boleta de
Notificación firmada, por la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta
Circunscripción Judicial, la mencionada Fiscal emite su pronunciamiento de manera
Favorable y se agrega al expediente.

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

Manifiesta en su escrito los solicitantes que en fecha 25/04/1995, contrajeron
Matrimonio Civil por ante el Registro Civil del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy,
según consta en copia certificada de acta de matrimonio Nº 11, Folio vto. Nº 12, de los
libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por la oficina en el año 1995. Que
fijaron su domicilio conyugal en la Avenida Rómulo Betancourt, casa s/n, Sector Barrio
Nuevo, Urachiche, Municipio Urachiche del Estado Yaracuy. Que de mutuo acuerdo
decidieron separarse el 20 de Febrero del año 1998, convinieron en separarse de hecho,
de que se produjo la separación y consecuencia incumplimiento de lo establecido en el
artículo 137 del Código Civil Venezolano, con relación a las obligaciones de los
conyugues, motivo por el cual, compareció a solicitar el divorcio. Que durante la unión

conyugal no existieron bienes que liquidar y no procrearon hijos. Que fundamentaron la
solicitud de Divorcio de conformidad a la Sentencia de la Sala Constitucional Nº 1070
de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
MOTIVA