PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, 04 DE MARZO DE 2024
213º Y 164º
I
SOLICITANTE: JULIO GARINO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-11.436.277, respectivamente.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
EXPEDIENTE: 18.283-24.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
II
Vistas las actuaciones promovidas por presente, el ciudadano JULIO GARINO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-11.436.277, debidamente asistido por el ciudadano LUIS ALBERTO GRANADO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.98.740, mediante el cual solicita sea declarada suficiente para demostrar el derecho de posesión que le corresponde sobre una parcela de terreno perteneciente a la Corporación Venezolana de Guayana (C.V.G), la cual tiene una extensión de Trescientos Quince Metros Cuadrado divididos: veintiún metros (21.00mts) de largos por Quince (15.00mts) metros de frente, ubicada en Barrio Libertador, Vista al Sol, San Félix, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar y cuyos linderos son los siguientes: NORESTE: Su frente calle Juan Vicente Tovar; SUROESTE: Con casa que es o fue propiedad de la Señora Enilda Hernández; NOROESTE: Avenida Bolívar; SURESTE: Con casa que es o fue propiedad del Señor José Cedeño En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE a favor de el ciudadano JULIO GARINO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-11.436.277, sin perjuicio de terceros que puedan tener igual o mejor derecho sobre las referidas bienhechurías. Devuélvanse las presentes actuaciones originales con sus resultas conforme a la ley y expídanse las copias certificadas que soliciten las partes. Cúmplase.
LA JUEZA
MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA
OSMELIS LORENA VELASQUEZ
Constante de _________ ( ) folios útiles se devuelven las originales y sus resultas, en cumplimiento con lo ordenado.
LA SECRETARIA
OSMELIS LORENA VELASQUEZ
TITULO SUPLETORIO
Sol Nº 18.283-24
MUZ/OLV/Karelys
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