REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO BRUZUAL LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIALDEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 07 de marzo de 2024
Años: 213º y 165º
Vistas las anteriores actuaciones, relativas a solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano RICHARD ANTONIO CORDERO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-13.695.937, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Rosleidy Hernández, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 217.387, sobre una bienhechuría ubicada en la calle La Morita, entre calle La Plaza y calle Principal de la comunidad El Ceibal, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría posee un área de construcción de CIENTO VEINTIDÓS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (122,54²), encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: calle La Morita, su frente, con una longitud de veinte metros lineales (20.00 Ml). Sur: casa que es ó fue de Ligia Cordero, con una longitud de veinte metros lineales (20.00 Ml). Este: casa que es o fue de María Pérez, con una longitud de cincuenta y tres metros lineales con cinco centímetros (53.05 Ml) y Oeste: casa que es o fue de Juan Rivero, con una longitud de cincuenta y tres metros lineales (53.00 Ml), y está construida sobre un lote de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), según certificado de Bienhechurías para tramitar Título Supletorio, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, de fecha 13 de noviembre 2023, que mide MIL SESENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTÍMETROS (1.060,49 M²). Se le dio entrada a la solicitud en fecha nueve (09) de febrero de 2024; y en fecha siete (07) de marzo de 2024, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos PEDRO LUIS MOTA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-12.726.468, domiciliado en el Callejón La Mora, sector La Plaza de la comunidad El Ceibal, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y ROBERTH ENRRIQUE SOTELDO RAMOS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-11.273.423, domiciliado en la calle principal del la comunidad el Ceibal de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este Tribunal a favor de sus promovientes, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TÍTULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor del ciudadano RICHARD ANTONIO CORDERO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-13.695.937, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE, ASÍ COMO EN LA PÁGINA WWW.YARACUY. SCC.ORG.VE, SEGÚN RESOLUCIÓN 05-2020, EMANADA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, DE FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2020, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SOLICITUD, UNA VEZ CUMPLIDO ESTE REQUISITO, DEVUÉLVASE ORIGINAL DE LA SOLICITUD A LA PARTE INTERESADA, UNA VEZ QUE SEAN PROVEÍDAS POR ESTE LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS RELATIVAS A LA MISMA QUE REPOSARAN EN EL ARCHIVO DE ESTE TRIBUNAL.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Chivacoa, a los siete (07) días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024). Años 213° de la Independencia y 165° de la Federación.
El Juez,
Abg. Edwin Godoy González
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba.
Se dará cumplimiento a lo ordenado de la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Solimar Pacheco Torrealba.
Abg. EGG/Spt/diana.-
Sol: 5115-2024.