REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Nirgua, 22 de marzo de 2024
Años: 213° y 165°

Vista la solicitud presentada por el abogado NELSON DANIEL HERNANDEZ LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-22.311.004, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 254.543, actuando en representación de la Sociedad Mercantil DRAGONEA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, bajo el Número 39, en el Tomo 8-A, de fecha 04 de marzo de 2015, representación que se evidencia de Poder Especial, autenticado por ante la Notaria Publica de Nirgua del estado Yaracuy, bajo el Nº 22, tomo 3, folios 67 hasta el 69, en ese orden, en la que solicita se decrete a su favor Titulo Supletorio, suficiente para asegurar sus derechos de propiedad y posesión sobre una porción de terreno ejido municipal, ubicado en el sector “Bella Vista”, Parroquia, Capital Nirgua del municipio Nirgua del estado Yaracuy, según documento debidamente inscrito en el Registro Publico del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, bajo el número 22, tomo 3, folios 67 hasta el 69 del Protocolo de Transcripción del año 2022, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan en la solicitud, y se dan aquí por reproducidos íntegramente, por lo que estudiado el caso en cuestión, este Tribunal resuelve, en virtud de la competencia que para estos efectos le fue conferida mediante la Resolución N° 2009/0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.952, de fecha 02 de Abril de 2009, que vista como han sido las pruebas presentadas por ante este Tribunal, Poder Especial, Registro Único de Información Fiscal (RIF), Cedula Catastral, acta constitutiva de la Sociedad Mercantil DRAGONEA, C.A., y los testimonios de los ciudadanos: NELSON ANTONIO HERNÁNDEZ VIELMA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-11.198.685 y JOSESMI ALEJANDRA ESCOBAR AGUILAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 21.405.729, quienes son contestes al declarar que conocen a la parte solicitante, que saben y les consta que construyó el inmueble señalado en la solicitud e hizo la inversión que se señalan en la misma, no encontrándose contradicción alguna entre sus deposiciones, por lo que: En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara bastante las pruebas evacuadas para acreditarle a la peticionante, “TITULO SUPLETORIO” de propiedad y posesión sobre las bienhechurías descritas, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos. Devuélvase, al solicitante el original con sus resultas a los fines de Ley. Déjese copia de esta Providencia.-


LA JUEZA TEMPORAL,
LOURDES SILVA ALVARADO.-

LASECRETARIA,
YADIRA OCHOA HENRIQUEZ.-

En la misma fecha se devuelven los originales al solicitante constantes de veintiún (21) folios útiles.-

LASECRETARIA,
YADIRA OCHOA HENRIQUEZ.-

Exp. 1143/2024
LJSA/yoh