REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE CIUDAD BOLIVAR
214° y 165°
ASUNTO: FP02-L-2023-000023
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO

PARTE ACTORA: PEDRO LEOBARDO RONDON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 8.966.654.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EDGAR BATISTA, JULIA PEREZ y PABLO MENDOZA, Abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A bajo los Nº. 190.141, 145.726 y 207.039, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: NILO RAMIREZ BENORENTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 27.489.047.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CELESTE RODRIGUEZ, NAYLETH ROMERO, ISMAIRA PERDOMO y GILIANNY RAMOS, Abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A bajo los Nº. 45.606, 57.747, 320.801 y 320.802, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En horas de Despacho del día de hoy, Quince (15) de Mayo de 2024, siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Despacho, para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública de Juicio en esta causa, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por el ciudadano PEDRO LEOBARDO RONDON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 8.966.654 contra el ciudadano NILO RAMIREZ BENORENTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 27.489.047. Presidido este acto por la ciudadana Juez Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar ABG. OLGA VEDE RUIZ, con la asistencia del Secretario ABG. DANNY SALAZAR. Quedando así constituido el Tribunal, se da inicio a la audiencia. Se deja constancia que la misma será reproducida en forma audiovisual, conforme a lo dispuesto en el Artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido el ciudadano Alguacil de este Circuito Laboral, informa que luego de realizar el llamado de las Partes en tres oportunidades en la entrada de este Juzgado, se pudo constatar que únicamente se encuentra presente la Representación Judicial de la Parte Demandada, las ciudadanas CELESTE RODRIGUEZ y ISMAIRA PERDOMO, Abogadas en ejercicio, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nº:45.606 y 320.801, respectivamente. Asimismo, se deja expresa constancia de la Incomparecencia del ciudadano PEDRO LEOBARDO RONDON, identificado en este juicio como parte Actora, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial, aún cuando se encuentran acreditados en la actas procesales para tal ejercicio los ciudadanos EDGAR BATISTA, JULIA PEREZ y PABLO MENDOZA, Abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A bajo los Nº. 190.141, 145.726 y 207.039, respectivamente. Seguidamente, el ciudadano Secretario de este Tribunal certifica lo anterior. Este JUZGADO SEGUNDO (2º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE CIUDAD BOLIVAR, informa a los presentes que vista la declaratoria de Incomparecencia de la PARTE ACTORA y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: DESISTIDA LA PRESENTE ACCION. En consecuencia, se levanta esta Acta para dejar constancia del Desistimiento, en razón de lo anterior, se da por Concluida la Audiencia de Juicio. Es Todo. Terminó, se leyó y Conforme firman, siendo las Once y Cuarenta minutos de la mañana (10:40 a.m.)
LA JUEZ,


ABG. OLGA VEDE RUIZ


APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA



EL SECRETARIO,

ABG. DANY SALAZAR

ASUNTO: FP02-L-2023-000023