REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 30 de mayo de 2024
Años: 214º y 165º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos BELKIS YOLANDA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.343.133, domiciliada en las brisas del Yurubí, transversal 02, con calle 02 y 03, casa sin número, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy y MARIA TERESA REIZZI CARRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-30.216.223, domiciliada en las brisas del Yurubí, transversal 02, con calle 02 y 03, casa sin número, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; este Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Felipe, Independencia Y Cocorote De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MARIA BENARDINA ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-7.911.847, asistido por la abogada Nigdalia García, inscrita en el Inpreabogado con el número N°308.086; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de Terreno Municipal, que mide un total de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON DOS METROS CUADRADOS (239,02 Mts.2) y un área de construcción tipo vivienda de DOSCIENTOS VEINTITRES METROS CUADRADOS (223,00 Mts.2); con las siguientes características: una vivienda de dos (02) plantas, construidas en bloques de concreto, porche, frisada en su exterior e interior, techo de platabanda, piso de cerámica, consta en su primer nivel de tres (03) habitaciones con sus respectivas puertas de madera, una (01) sala-comedor, una (01) cocina, dos (02) baños con cerámica y sus accesorios, una (01) puerta en su frente, un (01) área de lavandero, escalera obra gris, el segundo nivel sin terminar, con divisiones de tres (03) habitaciones, un (01) baño, sala-cocina-comedor, techo de acerolit. Ubicada el sector Brisas del Yurubi, calle 02, entre transversal 02 y 03, parroquia San Felipe jurisdicción del Municipio San Felipe, del Estado Yaracuy, con un valor aproximado de DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES SIN CENTIMOS (BS 261.547,00), el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Casa y solar de María Barbosa con 13.14 mts; SUR: Transversal 02 que es su frente con 13.14 mts; ESTE: Casa Solar que es o fue de Miliarqui Chirino con 18.19 mts y OESTE: Casa y solar que es o fue de Lisabeth Chirino con 18.19 mts. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.

La Jueza Provisoria,

Abg. NEYRA JUANELLY HERRERA
La Secretaria Temporal,

Abg. DIANA CECILIA CESAR MOTOLONGO
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.

La Secretaria Temporal,

Abg. DIANA CECILIA CESAR MOTOLONGO

Sol-2593/NJH/DCCM/gcps.-