REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinticinco (25) de noviembre de 2024
214° y 165°
EXPEDIENTE Nº JSA-2023-000512
Por recibido en esta misma fecha, oficio número JPPA-0262/2024, de fecha, once (11) de noviembre del año en curso, emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, mediante el cual remite adjunto Expediente signado con el N° AA60S-2023-000161, proveniente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, relativo al expediente N° JSA-2023-000512 (nomenclatura de este Juzgado), contentivo del RECURSO DE HECHO, interpuesto por la ciudadana MIRIAN MARÍA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.797.811, contra el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE ESTA MISMA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, constante de una (01) Pieza con ciento setenta y cuatro (174) folios útiles en orden correlativo. En virtud de la Decisión emitida por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha catorce (14) de agosto del año que discurre, en la cual declaró: “…PRIMERO: ANULA el auto dictado el 20 de marzo de 2023 por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con sede en San Felipe, que admitió el recurso de casación. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la ciudadana MIRIAN MARÍA PÉREZ, en su carácter de tercero opositor, contra la sentencia dictada el 9 de marzo de 2023, por el mencionado Juzgado Superior. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida.”; en consecuencia, se ordena el REINGRESO, preservando su misma nomenclatura de este juzgado dejando la nota de registro en los libros respectivos. Es todo. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO.
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ.
EXPEDIENTE Nº JSA-2023-000512
CALO/KVH