REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 14 de Noviembre de 2024
AÑOS: 214º y 165º
ASUNTO : UP11-H-2024-000432
SOLICITANTES: Ciudadanos YAICIVIT PILAR ESCUELA ROMERO Y JOSE ALEXANDER OROPEZA CARRERA , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 14.210452 Y 11.654.831 respectivamente, asistido por el abogado ADRIAN ARTURO MORA OCHOA IPSA bajo el Nº 269.292
BENEFICIARIO: Los Niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),nacido en fecha 20-11-2010 Y 11-10-2012
HOMOLOGACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR

Los ciudadanos. YAICIVIT PILAR ESCUELA ROMERO Y JOSE ALEXANDER OROPEZA CARRERA venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº respectivamente, asistido por el abogado ADRIAN ARTURO MORA OCHOA IPSA bajo el Nº 269.292 presentan la presente homologación en la cual quedo establecido el acuerdo sobre la autorización para viajar fuera del país a favor de los adolescentes de autos, el cual quedó establecido en los siguientes términos: Con respecto a la AUTORIZACION DE VIAJE se estableció: “ La ciudadana YAICIVIT PILAR ESCUELA ROMERO plenamente identificada viajara en compañía de sus hijos los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),nacido en fecha 20-11-2010 Y 11-10-2012 con destino a la ciudad de la PAZ- BOLIVIA con fines de reencontrase como familia con su hija la ciudadana ORIANA OCHOA ESCUELA titular de la cedula de identidad Nº 23.796.190 para lo cual el ciudadano JOSE ALEXANDER OROPEZA CARRERA plenamente identificado AUTORIZA el viaje de sus hijos con el siguiente itinerario: salida el día 25-11-2024 dese Guama Municipio Sucre del estado Yaracuy vía terrestre en carro particular Modelo DAEWOO LANOS PLACA AB2LIJ con destino a la ciudad de CUCUTA- COLOMBIA para luego el día 27-11-2024 desde el aeropuerto Internacional Camilo Daza , Cúcuta en el vuelo Nº AV 9341 números de Ticket 2022482151565, 2022482151567 y 2022482151566 de la ciudadana YAICIVIT PILAR ESCUELA ROMERO y de los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),respectivamente al Aeropuerto Internacional el Dorado – Bogotá para luego abordar en el vuelo Nº AV239 de la aerolínea AVIANCA con destino al Aeropuerto Internacional el Dorado, Bogotá hora de salida 21:30 con destino al Aeropuerto Internacional El Alto , la paz , Bolivia hora de llegada 02:15 del día 28-11-2024 con fecha de retorno a la República Bolivariana de Venezuela el día 13-12-2024 salida desde la paz vía terrestre con destino a LIMA en la compañía VICYÑA TRAVEL para luego el día 14-11-2024 con destino TUMBES con la compañía SUPERCIVA con destino a TUMBES, el día 16-12-2024 TUMBES- GUAYAQUIL en la compañía SUPERCIVA, GUAYAQUIL – BOGOTA en la compañía CITA EXPRESS INTERNACIONAL, BOGOTA – CUCUTA el día 17-12-2024 en la compañía SUPERCIVA CUCUTA- VENEZUELA el día 18-12-2024 en carro particular Modelo DAEWOO LANOS PLACA AB234LIJ con destino a la ciudad de San Felipe Estado Yaracuy. , Ambas partes solicitan al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial que imparta la Homologación al presente acuerdo el cual surte efectos inmediatos. En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se HOMOLOGA en sus propios términos dichos convenios, por no ser contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o a alguna disposición expresa de la Ley. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),titulares de las cedulas de identidad Nros 33.922.764 y 33.992.187 , con numero de pasaporte Venezolano Nº 162578865 y 162578865 viajen con destino a la ciudad de la PAZ- BOLIVIA en compañía de su madre la ciudadana YAICIVIT PILAR ESCUELA ROMERO , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.210.452 con numero de pasaporte 162578768 con el siguiente itinerario; salida el día. 27-11-2024 desde el aeropuerto Internacional Camilo Daza , Cúcuta en el vuelo Nº AV 9341 números de Ticket 2022482151565, 2022482151567 y 2022482151566 de la ciudadana YAICIVIT PILAR ESCUELA ROMERO y de los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),respectivamente al Aeropuerto Internacional el Dorado – Bogotá para luego abordar en el vuelo Nº AV239 de la aerolínea AVIANCA con destino al Aeropuerto Internacional el Dorado, Bogotá hora de salida 21:30 con destino al Aeropuerto Internacional El Alto , la paz , Bolivia hora de llegada 02:15 del día 28-11-2024 con fecha de retorno a la República Bolivariana de Venezuela el día 13-12-2024 salida desde la paz vía terrestre con destino a LIMA en la compañía VICYÑA TRAVEL para luego el día 14-11-2024 con destino TUMBES con la compañía SUPERCIVA con destino a TUMBES, el día 16-12-2024 TUMBES- GUAYAQUIL en la compañía SUPERCIVA, GUAYAQUIL – BOGOTA en la compañía CITA EXPRESS INTERNACIONAL, BOGOTA – CUCUTA el día 17-12-2024 en la compañía SUPERCIVA CUCUTA- VENEZUELA el día 18-12-2024 en carro particular Modelo DAEWOO LANOS PLACA AB234LIJ con destino a la ciudad de San Felipe Estado Yaracuy. Téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y expídase por la Secretaría, copia certificada que soliciten las partes de la presente homologación.

Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Catorce (14) días del mes de Noviembre de 2024. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.

La Jueza,

Abg. Rossmary Ceballos Olmos
El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS
En la misma fecha se público y registro la anterior sentencia se cumplió con lo ordenado.

El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS