REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 08 de Noviembre de 2024.
214º y 165º

ASUNTO: UP11-J-2024-001166
SOLICITANTE: Ciudadana TAMARA COROMOTO MARTIN DOMINGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.462.802, de este domicilio
BENEFICIARIA: (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),venezolana, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 34.330.734
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA VENTA DE INMUEBLE
En fecha 16 de Septiembre de 2024, se le dio entrada a la presente solicitud interpuesta por la ciudadana TAMARA COROMOTO MARTIN DOMINGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.462.802 residenciada urbanización villas de la rioja calle 12 Nº 12-1 sector bella vista san Felipe estado Yaracuy en su carácter de presidente y representante legal de la firma mercantil “CONSTRUCTORA TECNICA MARIN C.A” , que tiene poder sobre el inmueble que va a vender a la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),venezolana, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 34.330.734 , representada por sus padres los ciudadanos JULIO SANTOLARIA LOPEZ Y CORDERO ARTEAGA DIOLEYDY MARIANY venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros 6.560.340 y 16.262.884 constituido por una porción de terreno de la parcela TH-4 Nº de catastro 221101AUR020010 y el TOWH HOUSE Nº 4 sobre dicha parcela construidas en las residencias “ TERRAZAS DE IPANEMA” ubicada en la calle 3, manzana C, sector bella vista de la ciudad de san Felipe en la jurisdicción del municipio san Felipe estado Yaracuy el inmueble objeto de esta venta consta de OCHENTA Y CINCO METROS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (85,80 MTS 2, siendo sus linderos NORESTE: en una extensión de aproximadamente de Catorce Metros con treinta y tres centímetros (14,33 Mts) con TH-3; SURESTE: En una extensión de Seis Metros (6 Mts) con calle interna 1; NOROESTE: en una extensión de seis metros (6 Mts) con edificio DON VICENTE, SUROESTE: en una extensión de aproximadamente de Catorce Metros con Veinte y site centímetros (14,27 Mts) con parcela TH-5 y le corresponde el (6,04%) del valor atribuido para la venta .En fecha 18 de Septiembre de 2024 se acordó admitir el presente procedimiento, se libro boleta de notificación a la fiscal del ministerio publico a los fines de su conocimiento cumplimiento a lo previsto en el artículo 511 y siguientes, para los asuntos de Jurisdicción Voluntaria, se escucho al postulado para curador, se fija audiencia de evacuación de pruebas para el día 31 de Octubre del 2024. Siendo la oportunidad para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas, así mismo se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana TAMARA COROMOTO MARTIN DOMINGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.462.802 residenciada urbanización villas de la Rioja calle 12 Nº 12-1 sector bella vista san Felipe Estado Yaracuy asistida por el Abg YARELYS GARCIA inscrita en el IPSA bajo el Nº 236.111 así mismo se deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos JULIO SANTOLARIA LOPEZ Y CIRDERO ARTEAGA DIOLEYDY MARIANY venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros 6.560.340 y 16.262.884 en su carácter del representante legal de la adolescente de auto en primero abogado inscrito en el IPSA bajo el Nº 238.946, quien actúa en su propio nombre y representación y la segunda debidamente asistida por el abogado Julio Santolaria IPSA bajo el Nº 238.946 solicita se evacuaron las pruebas: PRIMERO: Copia de la cedula catastral de CONTRUCTORA TECNICA MARTIN C.A cursante al folio 4 del expediente. SEGUNDO: Copia certificada de la partida de nacimiento de la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),cursante a los folios 5 y su vlto del expediente. TERCERO: Copias certificadas del documento de propiedad del inmueble objeto de la presente autorización a nombre de la firma mercantil Constructora Técnica Martin C.A, debidamente registrada por ante el Registro público de los Municipio San Felipe, Independencia , cocorote y Veroes del estado Yaracuy de fecha 17 de mayo bajo el Nº 2019.2170 del año 2019 cursante a los folios 06 al 8 y su vlto del expediente CUARTO: Copia de las cedulas de identidad de los ciudadanos TAMARA MARTIN, JULIO SANTOLARIA, DIOLEYDY CORDERO y de la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),cursante a los folios 9 y 10 del expediente. QUINTO: Copia de la cedula de Identidad de la ciudadana lesbia Arteaga cursante al folios 11 del expediente. SEXTO: Copia del documento constitutivo de la firma mercantil CONSTRUCTORA TECNICA MARTIN C.A cursante al folios 19 al 29 del expediente. SEPTIMO: Declaración Juramentación del curador ciudadana LESBIA ARTEAGA cursante al folio 33 del expediente. Ahora bien, de las Copias de las actas de nacimiento de la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),dicha documental es apreciada por esta Juzgadora y les otorga su justo valor probatorio, por ser las mismas documentos públicos; de conformidad con lo establecido en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil y el artículo 11 de la Ley Orgánica de Registro Civil y del artículo 453 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se evidencia que es hija de los ciudadanos JULIO SANTOLARIA LOPEZ Y CORDERO ARTEAGA DIOLEYDY MARIANY. Del documento de Venta en la que se evidencia la propiedad del bien inmueble objeto de la presente autorización, el cual se encuentra ubicada en la calle 3, manzana C, sector bella vista de la ciudad de san Felipe en la jurisdicción del municipio san Felipe estado Yaracuy cuyos linderos son los siguientes: NORESTE: en una extensión de aproximadamente de Catorce Metros con treinta y tres centímetros (14,33 Mts) con TH-3; SURESTE: En una extensión de Seis Metros (6 Mts) con calle interna 1; NOROESTE: en una extensión de seis metros (6 Mts) con edificio DON VICENTE, SUROESTE: en una extensión de aproximadamente de Catorce Metros con Veinte y site centímetros (14,27 Mts) con parcela TH-5 y le corresponde el (6,04%) del valor atribuido para la venta con una extensión de OCHENTA Y CINCO METROS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (85,80 MTS 2,) debidamente registrado por ante la oficina subalterna de registro público del municipio san Felipe, Independencia, cocorote y veroes del estado Yaracuy bajo el Nº 2019. 2170 asiento Registral 2, folio real , del año 2019 Dicho documento es apreciado por esta juzgadora, por tratarse de documentos públicos se le otorga su justo valor probatorio
De la copia simple de la cedula de identidad de la solicitante, de auto; se valora de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, conforme al principio de la libre convicción razonada y la sana critica, establecida en el artículo 450 literal k) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, observándose de la misma la identificación correcta su titular y representante legal de la adolescente de auto.
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Conceder AUTORIZACION JUDICIAL, a la ciudadana TAMARA COROMOTO MARTIN DOMINGUEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.462.802 residenciada urbanización villas de la rioja calle 12 Nº 12-1 sector bella vista san Felipe estado Yaracuy en su carácter de presidente y representante legal de la firma mercantil “CONSTRUCTORA TECNICA MARIN C.A” , para VENDER a la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),venezolana, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 34.330.734 representada por los ciudadanos JULIO SANTOLARIA LOPEZ Y CORDERO ARTEAGA DIOLEYDY MARIANY venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros 6.560.340 y 16.262.884 en su condición de padres, un inmueble sobre el cual tiene poder que es una porción de terreno de la parcela TH-4 Nº de catastro 221101AUR020010 y el TOWH HOUSE Nº 4 sobre dicha parcela construidas en las residencias “ TERRAZAS DE IPANEMA” ubicada en la calle 3, manzana C, sector bella vista de la ciudad de san Felipe en la jurisdicción del municipio san Felipe estado Yaracuy el inmueble objeto de esta venta consta de OCHENTA Y CINCO METROS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (85,80 MTS 2, siendo sus linderos NORESTE: en una extensión de aproximadamente de Catorce Metros con treinta y tres centímetros (14,33 Mts) con TH-3; SURESTE: En una extensión de Seis Metros (6 Mts) con calle interna 1; NOROESTE: en una extensión de seis metros (6 Mts) con edificio DON VICENTE, SUROESTE: en una extensión de aproximadamente de Catorce Metros con Veinte y site centímetros (14,27 Mts) con parcela TH-5 y le corresponde el (6,04%) del valor atribuido para la venta
Expídanse copias certificadas de la sentencia y entréguense los documentos originales.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los Ocho días del mes de Noviembre de 2024. Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
La Jueza,
Abg. ROSSAMRY CEBALLOS OLMOS
El Secretario
Abg. JOEL BARRIOS
En la misma fecha se dictó y publicó, sentencia


El Secretario
Abg. JOEL BARRIOS