PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO ORDINARO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

PUERTO ORDAZ, VEINTINCO (25) DE NOVIEMBRE DEL 2024.
AÑOS: 214º Y 165º
JURISDICCIÓN CIVIL


Sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, suficientemente de propiedad a favor de la ciudadana: DAMARA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de las cedula de identidad número V-26.048.419, de este domicilio. Sobre las referidas BIENHECHURÍAS plenamente identificadas en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Devuélvanse originales con sus resultas.-