EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Guama: Miércoles, veintisiete (27) de Noviembre de Dos Mil Veinticuatro (2024)
AÑOS: 214º y 165º
Vistas las anteriores actuaciones relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano PABLO RAMON RUIZ PALACIOS venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, portador de la Cédula de Identidad No V-10.853.892, asistido por la Abogada en ejercicio IRMA TERESA YEPEZ inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 176.397, en el cual solicitó el Justificativo de Perpetua Memoria (TITULO SUPLETORIO), sobre unas bienhechurías ubicadas en el Barrio Vuelta al Mundo, segundo callejón, Sector Este, Guama Municipio Sucre del Estado Yaracuy, construidas en un área total de terreno de propiedad municipal, cuyas medidas, linderos, especificaciones y características se encuentran detalladas en la solicitud. Se admitió la solicitud en fecha 25/07/2024, ordenándose la respectiva notificación al Alcalde del Municipio Sucre tal como lo establece el Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y oír en su debida oportunidad las declaraciones de los testigos que presente la parte solicitante. Asimismo, se agregó oficio Nº 3320-151-2024 firmado por la Secretaria del despacho de Catastro de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Yaracuy, el cual recibió en fecha 05/08/2024 la notificación de la presente solicitud, siendo consignado en esa misma fecha, por el ciudadano Alguacil de este Tribunal. Posteriormente, en fecha 07/08/2024, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ANYELY TARLIS MACHADO TOVAR y LUIS JOSUE MARTINEZ REVERON venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nº V-24.166.815 y V-19.223.768, respectivamente, las cuales son apreciadas por esta Juzgadora a favor de su promovente, por encontrarlas contestes entre sí, pues demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por las razones anteriormente expuestas,