REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 30 de Septiembre de 2024
AÑOS: 214º y 165º

ASUNTO: UP11-V-2024-000348
PARTE: ciudadana GIMENEZ ROSALIA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.174.613
DEMANDADA: ciudadanos FERLIANA ROSALIZ CHOPIN GIMENEZ Y VARGAS ENDY RAMON, venezolanos titulares de la cedula de identidad Nº 20.888.676 y 19.818.881
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR

En fecha 28 de Junio de 2024, se recibió demanda de COLOCACION FAMILIAR interpuesta por la ciudadana GIMENEZ ROSALIA JOSEFINA , venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 7.174.613 contra los ciudadanos FERLIANA ROSALIZ CHOPIN GIMENEZ Y VARGAS ENDY RAMON venezolanos, titulares de la cedula de identidad Nº 20.888.676 y 19.818.881. Se admitió la presente solicitud 12 de Octubre de 2024, se libró boleta de notificación y se solcito movimientos migratorios a las partes demandadas respectivamente. Cumplida la notificación ordenada, se fija audiencia de sustanciación inicial,; audiencia que fue debidamente anunciada, dejándose constancia que las partes no comparecieron por si ni por intermedio de apoderado judicial, como consta en autos.
Ahora bien, vista la no comparecencia de las partes a la audiencia de Sustanciación Inicial de la Audiencia Preliminar, este Juzgador considera cumplidos los supuesto para aplicar la consecuencia jurídica que es la terminación del proceso en el presente asunto, por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Protección de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente.
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Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Primero (01) días del mes de Octubre del 2024. Años: 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
El Juez,
Abg. ROSSMARY CEBALLOS OLMOS
El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS
En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión, El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS