REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 08 de Octubre de 2024
AÑOS: 214º y 165º

ASUNTO: UP11-V-2024-000356
PARTE: ciudadano RAFAEL GUILLERMO OROZCO MENDOZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 26.429.705

DEMANDADA: ciudadano ROBERTH ALBERTO PERAZA GUTIERREZ, venezolano titular de la cedula de identidad Nº 25.455.040
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA Y OBLIGACION DE MANUTENCION

En fecha 01 de Julio de 2024, se recibió demanda de REGIMEN DE CONVIVENCIA Y OBLIGACION DE MANUTENCION interpuesta por la ciudadana KARLY ANAILETT SARMIENTO NEAZOA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 26.429.705 contra el ciudadano ROBERTH ALBERTO PERAZA GUTIERREZ, venezolano titular de la cedula de identidad Nº12.277.864 . Se admitió la presente solicitud 03 de Julio de 2024, se libró boleta de notificación a la parte demandada. Cumplida la notificación ordenada, la fase de mediación que constituyó la oportunidad para la conciliación vencido el lapso para comparecencia de las partes, finalizada la fase de mediación en la oportunidad de la audiencia de Sustanciación Inicial de la Audiencia Preliminar; audiencia que fue debidamente anunciada, dejándose constancia que las partes no comparecieron por si ni por intermedio de apoderado judicial, como consta en autos.
Ahora bien, vista la no comparecencia de las partes a la audiencia de Sustanciación Inicial de la Audiencia Preliminar, este Juzgador considera cumplidos los supuesto para aplicar la consecuencia jurídica que es la terminación del proceso en el presente asunto, por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Protección de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente. Devuélvase las originales anexas al presente asunto
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Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los Ocho (08) días del mes de octubre del 2024. Años: 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
El Juez,

Abg. ROSSMARY CEBALLOS OLMOS
El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS
En la misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión,
El Secretario,
Abg. JOEL BARRIOS