REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA YCOCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 17 de Octubre de 2024
Años: 214º y 165º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadana TRINA RAMONA CASTILLO FERNANDEZ venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-7.906.973, domicilia Av. Bolivar con calle 12-A casa 112 sector caño amarilla Municipio Trinidad Boraure estado Yaracuy y DAYANA YSABEL CARDENAS CASTILLO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-15.283.233, domiciliada Av. Bolivar con calle 12-A casa 112 sector caño amarilla Municipio Trinidad Boraure estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derecho, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a las ciudadanas CARMEN JOSE VILLARROEL DE BARRETO, CAROLINA ALEJANDRA BARRETO VILLARROEL y ARELYS DEL VALLE BARRETO VILLARROEL, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.158.349, V-10.694.839 y V-8.756.795, esposa la primera e hijas las siguientes del ciudadano DELFIN RAMON BARRETO DIAZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-1.725.644. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
La Jueza Provisoria;


Abg. NEYRA JUANELLY HERRERA
La Secretaria Temporal;

Abg. ORIANA ALEJANDRA GODOY URRICHE

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria Temporal;

Abg. ORIANA ALEJANDRA GODOY URRICHE
Sol. N°2671/NJH/DCCM/dyba. -