REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, treinta (30) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024)
214° y 165°
EXPEDIENTE Nº JSA-2023-000513
Visto el auto inserto al folio que antecede y vencidos los lapsos procesales establecidos mediante auto inserto al folio 39 de la pieza Numero 3, luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal considera pertinente hacer las siguientes observaciones:
Considerando que la presente causa se encuentra en etapa de Evacuación de Pruebas, en necesario resaltar los principios inquisitivos del procedimiento agrario establecidos en el artículo 155 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario entre los cuales destaca el de Inmediación, que priva en la materia, y que a través de los cuales se le otorgan amplios poderes al Juez Agrario a lo largo del procedimiento contencioso agrario, mediante los cuales implican una relación física, directa e inmediata con los medios probatorios promovidos por las partes a lo largo del proceso; en ese sentido, atendiendo lo dispuesto en los artículos 190 y 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario ordena la práctica de una Inspección Judicial para el día jueves, diez (10) de Octubre del presente año a partir de las ocho y treinta antes meridiem (08:30 a.m.), sobre el lote de terreno denominado SANTA LUCIA, ubicado en el Sector Yaritagua, parroquia capital Peña del estado Yaracuy, constante de una superficie de SEISCIENTAS VEINTINUEVE HECTÁREAS CON SEISCIENTOS VEINTINUEVE SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS (629 ha con 6.751 m²); A tal efecto, se acuerda oficiar a la Unidad Estadal del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo del estado Yaracuy para que un funcionario profesional en el área de la Ingeniera Agrónoma y/o carreras afines adscrito a esa Institución, acompañen como práctico al Tribunal en la inspección fijada. Por otra parte, se observa que fue acordado de oficio por este Juzgado, mediante auto de fecha, veintisiete (27) de Noviembre de Dos Mil Veintitrés (2023), Inspección Judicial sobre los documentos protocolizados que conforman la Tradición Legal del lote de terreno objeto de controversia que reposan en el Registro Público del municipio Peña del estado Yaracuy, la cual no ha sido practicada, en ese sentido, este Juzgado acuerda fijar la oportunidad para su evacuación mediante auto separado, la cual será fijada una vez practicada la inspección judicial sobre el lote de terreno denominado SANTA LUCIA, previamente identificado. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Provisorio,
ABG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO.
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ.
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, librándose oficio N° JPPA-0082/2024.
La Secretaria,
ABG. KARELIS VEGA HERNÁNDEZ
EXPEDIENTE N° JSA-2023-000513
CALO/KV.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, treinta (30) de septiembre de 2024
214° y 165°
OFICIO Nº JSA-0082/2024.-
CIUDADANO:
DIRECTOR DE LA UNIDAD ESTADAL DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL ECOSOCIALISMO DEL ESTADO YARACUY.-
SU DESPACHO.-
Ante todo un cordial saludo.
Por medio de la presente me dirijo a Usted, en tanto que, este Juzgado mediante auto de esta misma fecha, acordó oficiarle a los fines de que se sirva designar un Técnico que, por su profesión u oficio presten el apoyo necesario en la práctica de la INSPECCIÓN JUDICIAL, fijada para el día jueves, diez (10) de Octubre del presente año a partir de las ocho y treinta antes meridiem (08:30 a.m.), sobre el lote de terreno denominado SANTA LUCIA, ubicado en el Sector Yaritagua, parroquia capital Peña del estado Yaracuy, constante de una superficie de SEISCIENTAS VEINTINUEVE HECTÁREAS CON SEISCIENTOS VEINTINUEVE SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS (629 ha con 6.751 m²);. Todo ello, en razón del RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD conjuntamente con MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS, interpuesta por los abogados en ejercicio LILIAN UZCÁTEGUI PAREDES y CARLOS ALBERTO CASTILLO PARRA, inscritos ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 68.065 y 46.080 respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de la sociedad mercantil HACIENDA SANTA LUCIA, C.A., debidamente protocolizada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el N° 382, Tomo Jdo. 2 ficha N° 2979, de fecha, veintiséis (26) de noviembre de 1969; con última acta de asamblea de accionistas debidamente registrada ante Registro Mercantil Primero del estado Lara, en fecha, veinticinco (25) de julio de 2019, bajo el N° 41, Tomo 56-A., respectivamente; en contra del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS; signada con el Nº JSA-2023-000513 (nomenclatura natural llevada por este Despacho).
Solicitud que se hace a los fines legales y administrativos correspondientes.
Atentamente,
DIOS Y FEDERACIÓN
ABOG. CARLOS ALBERTO LORENZO OTERO
JUEZ PROVISORIO DEL JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
4ta. Avenida entre calles 12 y 13, C.C. “La Casona”, Municipio San Felipe estado Yaracuy
Teléfono: 0254-231.89.60
Correo: superioragrarioyaracuy2021@gmail.com
EXPEDIENTE Nº JSA-2023-000513
CALO/KV/