REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, nueve (09) de Abril del año 2025.
214º y 165º


Asunto: MUN-2025-342
Resolución N° PJ0262025000067

En fecha 10 de Marzo del 2025. el ciudadano: KELVIN RAFAEL RAMBERT FLORES, mayor de edad, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.499 titular de la cédula de identidad No V-12.189.166, actuando en este acto en Su carácter de Apoderado de la ciudadana KATTIA YAJAIRA GUERRERO DE PAREDES Titular de la cedula de identidad Nro V-4.568.889 presentó por antela Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) una solicitud de RECTIFICACION DE ACTAS DE NACIMIENTO, recibida en este Tribunal en esa misma fecha, en virtud de haberse cometido un error involuntario al momento de asentar en el Libro de Registro de Actas de Nacimiento: Acta N° 1996 de los Libro levados por el Registro Civil del Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar durante el año 1954, En la Acta de Nacimiento existe el siguiente error: El nombre de su señora madre aparece ANA MARIA siendo lo correcto "ANA NANCY " en las partida de nacimiento arriba identificada.


El Tribunal, para decidir, hace las siguientes consideraciones:


PRIMERA: Con la solicitud fue consignada Copias Certificadas del Acta de Nacimiento de la ciudadana ANA NANCY NAVARRO PUENTES, donde se puede evidenciar el error cometido.

SEGUNDA: En fecha 13 de Marzo del año 2025, el tribunal le dio entrada y se admitió mediante auto en el cual ordenó la notificación del Fiscal Séptimo de Familia del Ministerio Público y se ordeno el cartel de emplazamiento

TERCERO: En fecha 18 de Marzo del año 2025, el alguacil de este Despacho, consignó Boleta de Notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, debidamente Firmada.

CUARTO: En fecha 18 de Marzo de 2025, se recibió diligencia suscrita por el Ciudadano KELVIN RAMBERT, Abogado en Ejercicio e Inscrito en el .P.S.A. bajo el N° 95.499, mediante la cual consigna Cartel de Emplazamiento, debidamente Publicado en el Diario DE GUAYANA, Correspondiente a su emisión de fecha 17/03/2025.-

Ahora bien, este Tribunal estima procedente la corrección solicitada, Conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil, en su artículo 768 y siguientes, Concatenado con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Como expresamente será determinado en la parte dispositiva del presente fallo. Así se declara.



Por las razones expuestas, este Tribunal TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER Circuito DE A CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara "CON LUGAR" la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, Correspondiente a la ciudadana: KATTIA YAJAIRA GUERRERO DE PAREDES Acta N° 1966 de los Libro llevados por el Registro Civil del Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar durante el año 1954, en lo que respecta al nombre de su señora madre que aparece ANA MARIA siendo lo Correcto ANA NANCY Así se decide.


Se ordena oficiar lo conducente a la autoridad por ante la cual se asentó el Acta de Nacimiento a los fines de estampar la nota marginal correspondiente, Corrigiendo así el error material cometido al momento de levantar dicha acta de la ciudadana KATTIA YAJAIRA GUERRERO DE PAREDES Acta Nroº 1966 de los Libro llevados por el Registro Civil del Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 774 del Código De Procedimiento Civil. Líbrese el respectivo oficio una vez firme la presente Decisión al Registro Civil del Municipio Angostura del Orinoco del Estado Bolívar y Al Registro Principal del Estado Bolívar.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en
el archivo del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad
Bolívar, a los NUEVE (09) días del mes de Abril de Dos Mil Veinticinco (2025).
Años: 214° de lå Independencia yg66° de la Federación.-
La Juez

Nilymar González Bermúdez

La secretaria.,

Ennys Barreto Escorche

La anterior decisión fue publicada en su misma fecha, siendo las diez (10:00 a.m.).
La Secretaria

Ennys Barreto Escorche




NGB/EBE/IsyubeL-