REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.-
Ciudad Piar, 25 de Abril del año 2025
215º Y 166º
Jurisdicción Civil.-
Visto el escrito de solicitud que encabezan las presentes actuaciones y las justificaciones de testigos promovidas a tal efecto por ante este despacho, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del Ciudadano JOSE RAUL VILLENA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad N° V-14.968.776, y de este domicilio; debidamente asistido por el profesional del Derecho Abogado YENFI JESUS GUZMAN MENDOZA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 268.953; plenamente identificados en la presente solicitud que discurre, sobre unas bienhechurías construidas sobre una Parcela propiedad Municipal, ubicada en el Sector de san José de Tocomita, calle Santa Ana, Casa S/N, Parroquia Santa Bárbara, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar, constante de una superficie de DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (280,00Mts2); cuyas linderos son los siguientes: Norte: Calle Santa Ana con (14,00Mts), Sur: Con parcela de terreno que es o fue propiedad de la Ciudadana Yuliber Díaz, con (14,00Mts), Este: Con parcela de terreno que es o fue propiedad del Ciudadano Alberto Jesús García con (20,00Mts) y Oeste: Con parcela de Terreno que es o fue propiedad de la Ciudadana Yuliscar Fernández con (20,00Mts); así como también su costo en moneda de Curso Legal, por la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 56.000,00). Déjense a salvo los derechos de terceros. - Devuélvanse originales de estas actuaciones a los efectos legales consiguientes, dejándose copias de las mismas en los archivos de éste Juzgado. - Cúmplase. -
LA JUEZA


DRA. PAGUIRMA BARRIOS
EL SECRETARIO


ABG. JAVIER DUERTO


Solicitud N° 48-2025 (Título Supletorio)
PB/Francis
C.C. Archivo.-