PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLÍVAR
215º y 165º
Jurisdicción Civil

PUERTO ORDAZ, 04 DE AGOSTO DE 2025

I

DEMANDANTE: GABRIEL BABIK MURAD, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-12.129.697, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE MIGUEL IDROGO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nroº 72.379, respectivamente.

DEMANDANTE: SOC. MER. CORPORACION CONSTRUCTOR FERREHIERROS, C.A, inscrito ante el registro mercantil bajo el Nro. 18/12/2018, bajo el nro. 170, Tomo 88-A, Rif. Nº J-412255703.

MOTIVO: DESALOJO (LOCAL COMERCIAL)

EXPEDIENTE: 15.579-24

SENTENCIA INTERLOCUTORIA SIMPLE.
II

Transcurrido como ha sido el lapso para que la parte accionante ejerciera el recurso ordinario de apelación contra la sentencia con fuerza definitiva de fecha 14/10/2024 (Folio 24 al 26 ), que declaro PERENCION BREVE DE LA INSTANCIA, en la presente causa, atendiendo al articulo 298 del Código de Procedimiento Civil, cuyo lapso comenzó a transcurrir al día hábil de despacho siguiente a la publicación de la referida decisión, quedando de esta manera definitivamente firme; en consecuencia, se declara TERMINADA la misma con todo los pronunciamientos de ley, acordándose la expedición de copias certificadas y devolución de originales en caso de requerirse e igualmente el archivo del expediente para que en la oportunidad que corresponda se remita al Archivo Judicial de esta circunscripción judicial. Cúmplase.



LA JUEZA

MAYRA URBANEJA ZABALETA


LA SECRETARIA

OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA


En la misma fecha de hoy se deja constancia de haberse publicado y registrado la presente decisión, dejándose copia certificada de la misma en la carpeta de copiadores de sentencia, siendo las 12:00 p.m.

LA SECRETARIA

OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA

EXP. Nº 15.579-24
MUZ/OLVG/Karelys