PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 05 DE AGOSTO DE 2.025.
AÑOS: 215º Y 166º

I
PARTE DEMANDANTE: EDWARD JOSE SOLIS GASCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.000.762.-

PARTE DEMANDADA: MARIAN ANGELICA DIAZ CEBRIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°V- 19.302.204.

MOTIVO: DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES.

EXPEDIENTE: 15.861-25.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA SIMPLE.

II
Transcurrido como ha sido el lapso para que la parte accionante ejerciera el recurso ordinario de apelación contra la Sentencia Interlocutoria de fecha 16/06/2026 (folios 18 al 20), que declaró el Decaimiento de la acción por falta de interés de la presente demanda de Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres, atendiendo al artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, cuyo lapso comenzó a transcurrir al día hábil de despacho siguiente a la publicación de la referida decisión, quedando de esta manera definitivamente firme; en consecuencia, se declara TERMINADA la misma con todos los pronunciamientos de ley, acordándose la expedición de copias certificadas y devolución de originales en caso de requerirse e igualmente el archivo del expediente para que en la oportunidad que corresponda se remita al archivo judicial de esta circunscripción judicial.- Cúmplase.
LA JUEZA

MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA

OSMELIS L. VELASQUEZ GUERRA






Exp. Nº 15.915-25
MUZ/OLVG/yenhdat.-