REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR


Solicitante: AIBERT EUSEBIO MARTINEZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V- 19.041.118.-
Abogada asistente: Gladys González, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 92.636, de este domicilio.-
Motivo: TITULO SUPLETORIO
Vistas las actuaciones promovidas por el ciudadano: AIBERT EUSEBIO MARTINEZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V- 19.041.118, debidamente representada por la ciudadana Gladys González, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 92.636, de este domicilio, e igualmente vistas la declaraciones de los testigos ciudadanos WILFRED RICHANY GOMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.216.146 y ANGEL ALFONZO COLL SUBERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-18.170.841, en atención a las afirmaciones de los testigos, promovidos por el solicitante antes identificado, es por lo que este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad a favor del ciudadano: AIBERT EUSEBIO MARTINEZ MARQUEZ, supra identificado, sobre una parcela de terreno de propiedad municipal, que tiene una superficie aproximada de Ciento Noventa y Tres con Ochenta y Tres metros cuadrados (193,83 mts2), ubicada en la vereda 7, entre la calle Augusto Dehmar y la calle Jacobo Danke, Parroquia Dalla Costa de San Félix estado Bolívar; comprendida dentro de los siguientes linderos; NORTE: Con inmueble que es o fue propiedad de Liliana Tesorero; SUR: Con vereda 79, frente del inmueble que es o fue propiedad de Luis Aguilar; ESTE: Inmueble que es o fue propiedad de Omar Rodríguez; OESTE: con inmueble que es o fue propiedad de Enma Lares, Parroquia Chirica; constituido por una casa de una (01) planta, para habitación distinguida con el Nro. 13 de la vereda 79, el cual consta de las siguientes características: paredes de bloques, pisos de cemento, techos de platabanda, constante de tres (03) habitaciones, una (01) sala de baño.-
Dejando a salvo los derechos de Terceros, Devuélvanse originales con las resultas a la parte solicitante.-Cúmplase.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR. En Puerto Ordaz, 13 de Agosto del Dos Mil Veinticinco (2.025). Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
YASBILEIDY NAYIBIK SILVA MOSQUEDA
JUEZA SUPLENTE
La Secretaria acc
Morenis Rivas

Publicada en el mismo día de su fecha de presentación, previo anuncio de Ley, siendo las diez horas de la mañana (10:30 am.).
LA SECRETARIA ACC
MORENIS RIVAS
YNSM/mr/yr
Sol-22.057-25