REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.-
CIUDAD PIAR, 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2.025
215° Y 166°
Jurisdicción Civil.-
Visto el escrito de solicitud que encabezan las presentes actuaciones y las justificaciones de testigos promovidas a tal efecto por ante este despacho, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los Ciudadanos ALEXIS JESÚS LANZ GUZMÁN, MARLENE VENTURA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, JOSÉ MANUEL FLORES GONZÁLEZ, JEAN CARLOS MARTÍNEZ GONZÁLEZ Y JESÚS MORENO GONZÁLEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidades Nros° V-9.909.180, V-14.409.540, V-25.849.868, V-27.088.472 Y V-28.727.272; y de este domicilio; debidamente asistidos por el profesional del Derecho Abogado YENFI GUZMAN , Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 268.953; plenamente identificados en la presente solicitud que discurre, sobre unas bienhechurías construidas sobre una Parcela propiedad Municipal, ubicada en la Población de San José de Tocomita, Sector Villa Angostura, Calle Merchan, Parroquia Santa Bárbara, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar, constante de una superficie de MIL METROS CUADRADOS (1000,00 Mts2) COMPRENDIDOS POR VEINTE METROS (20,00MTS) LINEALES DE ANCHO Y CINCUENTA METROS (50,00 MTS) LINEALES DE LARGO; cuyos linderos son los siguientes: Norte: Con Calle Merchán con (20.00mts), Sur: Colinda con Morichal con (20.00 Mts) Este: Colinda con Parcela de Terreno que es o fue de Propiedad del Ciudadano Richard Silva (50.00Mts) y Oeste: Colinda con Pasarela o Vereda con (50.00Mts), así como también su costo en moneda de Curso Legal, por la cantidad de CIENTO NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs. 190.000,00). Déjense a salvo los derechos de terceros.-Devuélvanse originales de estas actuaciones a los efectos legales consiguientes, dejándose copias de las mismas en los archivos de éste Juzgado. - Cúmplase. -
LA JUEZA


DRA. PAGUIRMA BARRIOS
LA SECRETARIA TEMPORAL


LCDA. FRANCISMAR BOGARIN
Solicitud N° 170-2025 (Titulo Supletorio)
PB/Francis
C.C. Archivo.-