REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y

EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROSCIO Y EL CALLAO DEL
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL

ESTADO BOLÍVAR

GUASIPATI, 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025

Años: 214º Y 166º

ASUNTO: 118-2025
SENTENCIA PJ2025000115
Analizado los recaudos aportados por la parte solicitante, así como el testimonio rendido
ante este Juzgado por los ciudadanos: YUNEIRY ZULEIMAY MOGOLLÓN CELIS, y
SENOBIA TAHIMY GÓMEZ RODÍGIUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las
cédulas de identidad números Nº V-18.969.307 y Nº V-12.875.911, en ese mismo orden,
es por lo que este Tribunal en base a las declaraciones escuchadas, así como el material
probatorio aportado en el presente asunto, de conformidad al artículo 936 del Código de
Procedimiento Civil declara como Heredero del de Cujus ABRHAM DE JESUS VALDEZ
PARIGUAN., quien era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula
de identidad Nro. V-14.913.366, falleció ab- intestato el día 14 de octubre del año 2025,
tal como se evidencia en el acta de defunción Nº 07, del año 2025, emanado del registro
Civil del Municipio Roscio, estado Bolívar, a la ciudadana MARITZA ELENA
PARIGUAN VIVENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de
identidad número V-8.522.519, en su condición de madre. Así se decide.
Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvanse originales con las resultas y expídase las copias certificadas
que requiera la solicitante. -Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. HENRRYS H. FEBRES P

LA SECRETARIA

ABG. GEOLMIRA DUQUE FERICELLI