PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO ORDINARO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, VEINTICUATRO (24) DE ENERO DEL 2024.
AÑOS: 213º Y 1645º
JURISDICCIÓN CIVIL
Sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, suficientemente de propiedad a favor de la ciudadana: RAIMARIS REBECA MARTINEZ COVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-15.034.891, de este domicilio. Sobre las referida BIENHECHURÍAS plenamente identificadas en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Devuélvanse originales con sus resultas.-