REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.
Guama: Miércoles, Ocho (08) de Enero de Dos Mil Veinticinco (2025).
AÑOS: 214º y 165º
LAS SOLICITANTES: Ciudadanas: LUTBERLY JULIEX MONTESINOS TOVAR y LUTDY JOSEFINA TOVAR CAMACHO, venezolanas, mayores de edad, portadoras de la Cédula de Identidad Nº: V-19.454.597 y V-7.591.251 respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE: NOHELY MARGARITA RUIZ PALACIOS inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 111.315
EXPEDIENTE NÚMERO: 2817/24
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
I
NARRATIVA
El presente procedimiento de Únicos y Universales Herederos, fue recibido mediante Distribución en fecha 12-12-2024 constante de un (01) folio útil y seis (06) anexos; por solicitud interpuesta por la Ciudadana: LUTBERLY JULIEX MONTESINOS TOVAR venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad N° V-19.454.597, debidamente asistida por la Abg. NOHELY MARGARITA RUIZ PALACIOS inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 111.315 en la cual solicita ser declarada, conjuntamente con la Ciudadana: LUTDY JOSEFINA TOVAR CAMACHO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.591.251, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de hija y Concubina del De Cujus LIZANDRO JOSE MONTESINOS VALERA quien era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° V-7.591.401, el cual falleció ab-intestato el día Cinco (05) de Noviembre de Dos Mil Veinticuatro (2024) según consta en copia Certificada del Acta de Defunción signada con el N° 1.449-06, de fecha 13-11-2024 emanada por la Unidad Hospitalaria de Registro Civil, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy.
En fecha Viernes, Trece (13) de Diciembre de 2024, este Tribunal admitió y registró en el libro respectivo bajo el Nº 2817/24; ordenándose escuchar las declaraciones de dos (02) testigos que presentara las partes solicitante. Folio nueve (09)
En fecha Miércoles, Ocho (08) de Enero de 2025, compareció la Abg. NOHELY MARGARITA RUIZ PALACIOS quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 111.315 presentó a las testigos Ciudadanas: YULIMAR CATERIN YOVERA CAMACHO y WILEXY YOSELIN ZAMBRANO AGUILAR portadoras de la Cédula de Identidad Nº V-20.176.835 y V-18.546.368 respectivamente, a los fines de oír sus declaraciones. Folios diez y once (10 y 11)
ESTA JUZGADORA A LOS FINES DE DICTAR SENTENCIA EN LA PRESENTE CAUSA, LO HACE EN BASE A LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES:
ÚNICO: Con las declaraciones de las testigos Ciudadanas: YULIMAR CATERIN YOVERA CAMACHO y WILEXY YOSELIN ZAMBRANO AGUILAR venezolanas, mayores de edad, portadoras de las Cédulas de Identidad Nº V-20.176.835 y V-18.546.368 respectivamente, quienes estuvieron contestes en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos; y quienes se aprecian como idóneos de conformidad con lo previsto en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil vigente, y los documentos públicos acompañados a la solicitud, los cuales aprecia el Tribunal en todo su valor probatorio de conformidad con los Artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil; se encuentra plenamente demostrado lo alegado por las solicitantes en su escrito y por lo tanto la presente solicitud debe prosperar. Así se decide.
|