PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
COMPETENCIA CIVIL
PUERTO ORDAZ, DIECIOCHO (18) DE FEBRERO DEL 2025
214º Y 165º
SOLICITANTES: ROSIRIS MAITTE CORREA RODRIGUEZ, ROSSANA MAYIRA CORREA RODRIGUEZ, CARLOS DANIEL CORREA RODRIGUEZ, ROSELIS MARYORI CORREA RODRIGUEZ, ALEXANDER JOSE BASTARDO RODRIGUEZ, ROSSANGEL ALEXAIDA BASTARDO RODRIGUEZ y ROSALVIS ANDREINA BASTARDO RODRIGUEZ.-
ABOGADO ASISTENTE: MAGDA HIDALGO, INSCRITA EN EL I.P.S.A BAJO EL Nº 23.208.-
MOTIVO: “DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS”.
SOLICITUD: Nº 4.283-25
UNICO
Por cuanto corresponde dictar el decreto de la presente solicitud, este Tribunal procede a ello en los términos siguientes:
Se recibió solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, por la U.R.D.D (NO PENAL) Puerto Ordaz, quedando a este Despacho Judicial, Bajo el numero FP11-M-2025-2511, que encabeza las presentes actuaciones y sus recaudos que la acompañan, presentada mediante escrito de fecha Siete (07) de Febrero del 2.025, por la ciudadana: ROSIRIS MAITTE CORREA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-12.007.880 y de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos, los ciudadanos: ROSSANA MAYIRA CORREA RODRIGUEZ, CARLOS DANIEL CORREA RODRIGUEZ, ROSELIS MARYORI CORREA RODRIGUEZ, ALEXANDER JOSE BASTARDO RODRIGUEZ, ROSSANGEL ALEXAIDA BASTARDO RODRIGUEZ y ROSALVIS ANDREINA BASTARDO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.007.878, V-13.573.255, V-15.277.350, V-17.750.613, V-20.503.128 y V-20.503.130, respectivamente y de este domicilio; debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MAGDA HIDALGO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 23.208, para que se declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara: ROMELIA DEL CARMEN RODRIGUEZ FARIAS, de Nacionalidad venezolana, mayor de edad, Divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.031.737; se advierte que en fecha SIETE (07) de Febrero del 2.025, la misma fue distribuida correspondiéndole a este Juzgado su conocimiento, de conformidad con lo establecido en el acta de esa misma fecha.-
En fecha 07/02/2.025 se le dio entrada y se ordenó su anotación en el Registro de Solicitudes respectivo bajo el Nº 4.283-2025 y se ADMITIO con fecha 11/02/2025 por cuanto ha lugar en derecho.-
En fecha DIECIOCHO (18) de Febrero del 2.025, se evacuaron las testimoniales de los ciudadanos: YOLISMAR DEL JESUS FLORES y LINO JOSE FERMIN GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidades Nros. V-12.643.938 y Nº V-10.387.586, respectivamente y de este domicilio, se desprende de las presentes actuaciones, que los solicitantes acompañaron a su solicitud, los siguientes recaudos:
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana: ROSIRIS MAITTE CORREA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.007.880 y de este domicilio.- Anexo al folio 03.
• Copia Certificada del Acta de Defunción de la fallecida: ROMELIA DEL CARMEN RODRIGUEZ FARIAS, expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Caroní, Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 2772, Libro Nº 17, del año 2.022.- Anexo al folio 04.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana: ROSSANA MAYIRA CORREA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.007.878 y de este domicilio.- Anexo al folio 05.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana: ROSELIS MARYORI CORREA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.277.350 y de este domicilio.- Anexo al folio 06.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad del ciudadano: CARLOS DANIEL CORREA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.573.255 y de este domicilio.- Anexo al folio 06.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad del ciudadano: ALEXANDER JOSE BASTARDO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.750.613 y de este domicilio.- Anexo al folio 07.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana: ROSSANGEL ALEXAIDA BASTARDO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.503.128 y de este domicilio.- Anexo al folio 08.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la ciudadana: ROSALVIS ANDREINA BASTARDO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.503.130 y de este domicilio.- Anexo al folio 09.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: ROSIRIS MAITTE CORREA RODRIGUEZ, expedida por el Registro Principal del Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 1743, Folio 38, del año 1978.- Anexo al folio 11.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: ROSSANA MAYIRA CORREA RODRIGUEZ, expedida por el Registro Principal del Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 1734, Folio 39, del año 1978.- Anexo al folio 13.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: CARLOS DANIEL CORREA RODRIGUEZ, expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Caroní, Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 818, Libro Nº 2B, del año 1.979.- Anexo al folio 14.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: ROSELIS MARYORI CORREA RODRIGUEZ, expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Caroní, Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 1520, Libro Nº 4-C, del año 1.981.- Anexo al folio 15.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: ALEXANDER JOSE BASTARDO RODRIGUEZ, expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Caroní, Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 1342, Libro Nº 4C, del año 1.984.- Anexo al folio 16.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana: ROSSANGEL ALEXAIDA BASTARDO RODRIGUEZ, expedida por el Registro Civil San Félix, Municipio Caroní, Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 72, Libro Nº 1C, del año 2.000.- Anexo al folio 17.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano: ROSALVIS ANDREINA BASTARDO RODRIGUEZ, expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Caroní, Estado Bolívar, asentado bajo el Nº 73, Libro Nº 1C, del año 2.000.- Anexo al folio 18.
• Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de quien en vida se llamó: ROMELIA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE BASTARDO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.031.737 y de este domicilio.- Anexo al folio 19.
• Copia Certificada de la Sentencia de Divorcio de los ciudadanos: JOSE MARTIN BASTARDO Y ROMELIA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE BASTARDO, Expedida por el Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Asentado bajo el Nº de oficio 2930-232. Anexo a los folios 21 al 24.
Sentado lo anterior, y analizados los recaudos que fueron acompañados al aludido escrito, procedentemente identificados, a los fines de demostrar sus pretensiones, así como la declaración de los testigos a los folios 17 Y 19, este Juzgado le da pleno valor probatorio solo a los documentos públicos consignados por el solicitante, supra señalado, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1.357 del Código Civil en concordancia con el Art. 429 del Código de Procedimiento Civil, así como pleno valor probatorio a las testimóniales por encontrarlos hábiles y contestes, conforme al Art. 508 del CPC. ASI SE ESTABLECE.-
En consecuencia, con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO y, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de la de Cujus: ROMELIA DEL CARMEN RODRIGUEZ FARIAS, de Nacionalidad venezolana, mayor de edad, Divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.031.737, quien el día 10/11/2022, falleció a consecuencia de: HIPERTENSION ENDOCRANEANA, ENFERMEDAD VASCULAR CEREBRAL, CRISIS HIPERTENSIVA, HIPERTENSION ARTERIAL ESTADIO II, según Certificado de Defunción Nº 4259164 suscrito por el DR. ENRIQUE MARCANO, a los ciudadanos: ROSIRIS MAITTE CORREA RODRIGUEZ, ROSSANA MAYIRA CORREA RODRIGUEZ, CARLOS DANIEL CORREA RODRIGUEZ, ROSELIS MARYORI CORREA RODRIGUEZ, ALEXANDER JOSE BASTARDO RODRIGUEZ, ROSSANGEL ALEXAIDA BASTARDO RODRIGUEZ y ROSALVIS ANDREINA BASTARDO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.007.880, V-12.007.878, V-13.573.255, V-15.277.350, V-17.750.613, V-20.503.128 y V-20.503.130, respectivamente y de este domicilio.- Y ASI SE DECIDE.-
Se ordena, que una vez publicada la presente decisión se expida copia certificada de la misma a los interesados, y la devolución de los documentos originales a cualquiera de los solicitantes de autos, cursantes en estas actuaciones; de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
- Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, Sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DIECIOCHO (18) días del mes de FEBRERO del DOS MIL VEINTICINCO (2.025). Años: 214º de la Independencia y 165º de la Federación.-
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