REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR. -
Ciudad Piar, 07 de Julio del año 2025
215º Y 166º
Jurisdicción Civil.-
Visto el escrito de solicitud que encabezan las presentes actuaciones y las justificaciones de testigos promovidas a tal efecto por ante este despacho, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana DARIELBA MERCEDES SANCHEZ ALCOCER, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-15.617.526, de profesión Abogada, y de este domicilio; actuando en sus propios derechos, sobre unas bienhechurías construidas sobre una Parcela propiedad Municipal, ubicada en el Mercado Municipal de Ciudad Piar, Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar,, constante de una superficie de CIENTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS(126,00Mts2); y un perímetro de CUARENTA Y SEIS METROS (46,00Mts); cuyas construcciones son contentivas de un Local Comercial S/N; y se encuentra alinderada de las siguientes manera; NORTE: Mercado Municipal, con medidas de (14,00Mts) SUR: Mercado Municipal, con medidas (14,00 Mts), ESTE: Con Kermis Cermeño, con medidas de (9,00Mts) y OESTE: Estacionamiento, con medidas (9,00 Mts); y la misma tiene su costo en moneda de Curso Legal, por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00). Déjense a salvo los derechos de terceros. - Devuélvanse originales de estas actuaciones a los efectos legales consiguientes, dejándose copias de las mismas en los archivos de éste Juzgado. - Cúmplase. -
LA JUEZA
DRA. PAGUIRMA BARRIOS
EL SECREATARIO
ABG.JAVIER DUERTO
Solicitud N° 81-2025 (Título Supletorio)
PB/Francis
C.C. Archivo.-