REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
AÑOS 214º Y 165º
I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PARTES SOLICITANTES: DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ Y DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.044.955 y V-15.185.611, debidamente asistidos por las ciudadanas GIOVANNA CAROLINA FERNANDEZ MONSALVE y KARINA MILAGROS RODRIGUEZ BERRIOS, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo el número 113.386 y 241.729.-
MOTIVO: LIQUIDACION Y PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.-
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
EXPEDIENTE: 9487-25
II
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Por recibida y vista la anterior LIQUIDACION Y PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por los ciudadanos DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ Y DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.044.955 y V-15.185.611, debidamente asistidos por las ciudadanas GIOVANNA CAROLINA FERNANDEZ MONSALVE y KARINA MILAGROS RODRIGUEZ BERRIOS, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo el número 113.386 y 241.729, presentado en fecha 10-06-2025 ante la Unidad de Recepción y distribución de Documentos Civiles, y por efecto de sorteo correspondió su conocimiento a este Juzgado. Se ordenó su anotación en el libro de causa bajo el número 9487-25.- nomenclatura interna de este Tribunal.-
Por cuanto del escrito que encabeza la presente solicitud, se desprende que los ciudadanos DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ Y DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, plenamente identificados, y de este domicilio, proceden a celebrar de mutuo y amistoso acuerdo la liquidación y partición de los bienes de la comunidad conyugal, existente entre ellos, la cual piden al Tribunal se le imparta la respectiva aprobación y homologación,
observándose que la misma tiene fundamento en la sentencia de divorcio, dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito y Circunscripción Judicial del Estado, en fecha 28 de Abril de 2025, que se tramitó bajo el número 15.952-25, -nomenclatura de ese Tribunal-, y ejecutada en esa misma fecha vale indicar 28-04-2025, la cual declaró disuelto el vínculo matrimonial que unía a los prenombrados ciudadanos, y en consecuencia de ello ordenó la liquidación de la comunidad conyugal, y siendo que conforme al Artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, se permite la liquidación amigable de los bienes de una comunidad.
Ahora bien, siendo que el fin de la solicitud presentada es liquidar y partir de manera definitiva y en forma amistosa los bienes de la comunidad de gananciales existente entre los solicitantes, quienes de mutuo y amistoso acuerdo proceden en su escrito -específicamente su número I de la partición- a celebrar la liquidación y partición de los mismos, de la siguiente manera:
III
DEL ACTIVO BIENES ADQUIRIDOS
PRIMERO: Un (01) Vehículo SIENA FIRE 1.4L/PALIO, CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO 25474072, Placa AA210FF, color Gris, Tipo: Sedan; Marca; Fiat; Serial N.I.V 9BD17216K83482334; Serial de Carrocería 9BD17216K83482334; Serial Chasis: 9BD17216K83482334.
SEGUNDO: Prestaciones Sociales del Ciudadano DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, supra identificado el cual desempeña el cargo de JEFE DE ÁREA DE PLANIFICACION CONTROL GESTION de la Gerencia de Ferrocarril en la empresa CVG FERROMINERA ORINOCO.
IV
DE LA ADJUDICACION
PRIMERO: Un (01) Vehículo SIENA FIRE 1.4L/PALIO, CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO 25474072, Placa AA210FF, color Gris, Tipo: Sedan; Marca; Fiat; Serial N.I.V 9BD17216K83482334; Serial de Carrocería 9BD17216K83482334; Serial Chasis: 9BD17216K83482334, el cual estimamos su valor en CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD$ 4000), en este acto la ciudadana DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ, supra identificada le vende su cincuenta por ciento (50%) al ciudadano DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, supra identificado, por un valor de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD$ 2000), los cuales declaramos que recibimos en este acto en físico. En consecuencia, se procede en este acto a la adjudicación del 50% de la propiedad que le pertenecía a la ciudadana DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ, antes identificada y quedando como único propietario del 100% del referido bien Vehículo el ciudadano DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, plenamente identificado.
SEGUNDO: Ambas partes acuerdan que con relación a las prestaciones sociales del ciudadano DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, supra identificado el cual desempeña el cargo de JEFE DE ÁREA DE PLANIFICACION CONTROL GESTION de la Gerencia de Ferrocarril en la empresa CVG FERROMINERA ORINOCO, una vez se emita la Sentencia de Homologación del presente acuerdo, solicitamos a este Tribunal libre Oficio a la empresa CVG FERROMINERA ORINOCO a los fines que proceda a solicitar al Departamento pertinente el cálculo del porcentaje del Cincuenta por cierto (50%) las prestaciones sociales que le corresponde a la ciudadana DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ supra identificada, producto de este acuerdo y se realicen los trámites pertinentes para su posterior cancelación.
V
DISPOSITIVO
Expuesto lo anterior; este Juzgado en atención al acuerdo suscrito por los prenombrados solicitantes, a quienes se le comprueba su capacidad conforme a la Ley para disponer de los bienes objeto de la referida partición, según se desprende de los documentos acompañados al escrito que acompaña a la presente solicitud, en concordancia con la Sentencia de Divorcio, que declara la disolución del vínculo conyugal habido entre los ciudadanos DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ Y DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, supra identificados, y en virtud que la partición presentada no afecta el orden público ni las buenas costumbres, por lo que de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, en mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Homologa la Partición y Liquidación del bien conyugal presentado, por los ciudadanos DESIREE TERESA FERMIN DE RODRIGUEZ Y DOMINGO ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.044.955 y V-15.185.611, debidamente asistidos por las ciudadanas GIOVANNA CAROLINA FERNANDEZ MONSALVE y KARINA MILAGROS RODRIGUEZ BERRIOS, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo el número 113.386 y 241.729, respectivamente, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y así de decide en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
Igualmente este Tribunal a tenor de lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda expedir por secretaria copias certificadas de las presentes actuaciones, así como la respectiva devolución de los documentos originales en caso de requerirse por las partes. Publíquese y regístrese, incluso en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia Regiones: bolívar.tsj.gob.ve.
Déjese copia certificada en el Tribunal de conformidad con lo establecida en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho Judicial, en Puerto Ordaz a los 13 días del mes de Junio del año Dos mil Veinticinco (2025).Años 215º de la Independencia y 166º de la federación.-
LA JUEZA SUPLENTE
YASBILEIDY NAYIBIK SILVA MOSQUEDA.
LA SECRETARIA ACC
MORENIS RIVAS
Seguidamente en esta misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), se publicó la presente decisión. Conste.-
LA SECRETARIA ACC
MORENIS RIVAS
YNSM/mr/yr
Exp. Nº 9487-25
ASIENTO: ___
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