REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RAÚL LEONI DEL PRIMER CIRCUITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO ANGOSTURA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.-
CIUDAD PIAR, 18 DE MARZO DEL AÑO 2025.
215º Y 165º

Jurisdicción Civil.-
Visto el escrito de solicitud que encabezan las presentes actuaciones y las justificaciones de testigos promovidas a tal efecto por ante este despacho, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del Ciudadano MANUEL NASSER HAMD, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N° V- 26.048.701, y de este domicilio; debidamente asistido por la abogada MILI ANDARCIA FEBRES, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 56.356, plenamente identificados en la presente solicitud que discurre, sobre una parcela de terreno ubicada en la Población de la Paragua, Calle Comercio N°30, Parroquia Barceloneta Municipio Bolivariano Angostura del estado Bolívar, con una superficie de DOSCIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (229,50M2), constituida por un inmueble de dos plantas el Primero un Local Comercial y el segundo pasillo de circulación con escalera y una mezanina, y casa de habitación con terraza; cuyos Linderos son los siguientes: Norte: Terreno Municipal con (8,50Mts2), Sur: Calle Comercio, con (8,50 Mts2), Este: Terrenos ocupados por la CVM con (27,00Mts2), y Oeste: Terrenos ocupados con (27,00Mts2 y 20,00Mts); así como también su costo en moneda de Curso Legal, por la cantidad de TRESCIENTOS TRES MIL BOLIVARES (BS.303.000,00) .- Déjense a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse originales de estas actuaciones a los efectos legales consiguientes, dejándose copias de las mismas en los archivos de éste Juzgado.- Cúmplase.-
LA JUEZA

Dra. PAGUIRMA BARRIOS
EL SECRETARIO
Abg. JAVIER DUERTO
PB/Francis
C.C. Archivo.-
Solicitud 40-2025 (Titulo Supletorio)