PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, CINCO (05) DE FEBRERO DE 2025
214º Y 165º
I
PARTE SOLICITANTE: MIREYA VARGAS DE BERTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.778.777, y de este domicilio.-
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS.
EXPEDIENTE: 18.454-24.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
II
Vista la decisión dictada por este Tribunal en fecha 27/06/2024, y ordena este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADA la causa y extinguido el proceso, ordenando el archivo de las actuaciones. Igualmente se acuerda la devolución de originales y la expedición de copias certificadas en caso de requerirlo las partes, conforme a los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, debiendo consignarse las copias simples a tales efectos. Remítase al Archivo Judicial de esta circunscripción judicial en la oportunidad que corresponda. Cúmplase.
LA JUEZA
MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA
OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la decisión anterior y se dejó copia certificada para el copiador de sentencias conforme al artículo 248 del C.P.C., siendo las 09:37 a.m. Conste.
LA SECRETARIA
OSMELIS LORENA VELASQUEZ GUERRA
MUZ/Olvg/María.
Exp. 18.454-24.
Justificativo de Testigos.
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