REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Guama: Lunes, Treinta y Uno (31) de Marzo de Dos Mil Veinticinco (2025)
AÑOS: 214º y 166º
Vistas las anteriores actuaciones relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el Ciudadano JOSE DE JESUS VILLAVICENCIO TORRES venezolano, mayor de edad, estado civil soltero y portador de la Cédula de Identidad Nº V-16.823.078 asistido por la Abogada en ejercicio Paula Quiroz quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 74.396 en el cual solicitó un Justificativo de Perpetua Memoria (TITULO SUPLETORIO) de unas bienhechurías construidas sobre un lote de Terreno Propiedad Municipal ubicado en el Sector El Topacio, Buena Vista, Municipio la Trinidad del Estado Yaracuy, cuyas medidas, linderos, especificaciones y características se encuentran detalladas en el escrito de la solicitud. Se admitió la solicitud en fecha Lunes, diecisiete (17) de Marzo de Dos Mil Veinticinco (2025), registrándolo en el libro respectivo bajo en Nº 2826/25; se ordenó de conformidad con el Articulo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, librar oficio de Notificación al Ciudadano Alcalde del Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy y oír en su debida oportunidad las declaraciones de los Testigos que presentara la parte solicitante. Seguidamente, en fecha 20/03/2025 fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, Ciudadanos: PAOLHA ALEJANDRA PEREZ QUIROZ y PAOLINA GERALDIN NAZAR VILLEGAS venezolanas, mayores de edad, portadoras de las Cédulas de Identidad Nº V-28.453.220 y V-18.757.950 respectivamente, las cuales son apreciadas por esta Juzgadora a favor de su promovente por encontrarlas contestes entre sí, pues demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Asimismo, en fecha 21/03/2025 fue recibida por parte de la Alcaldía del Municipio La Trinidad la Notificación bajo el oficio 3320-043-2025 y consignada por el Alguacil Suplente de este Tribunal en fecha 24/03/2025. Posteriormente, la Ciudadana Abg. Esp. Yelitza Torres, en su carácter de Sindico Procurador del Municipio La Trinidad, remitió su criterio favorable, recibido por este Tribunal en fecha 31/03/2025
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