En horas de Despacho del día de hoy, MARTES, 20 de Mayo del 2025, siendo las 10:00 a.m., el Juez Provisorio de este Tribunal, Abogado GILBERTO JOSE CEDEÑO RIVERO, comparece y expone: Vista la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 28 de Marzo del 2025, en la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ARGENIS TOMAS CABEZA RENGIFO, debidamente asistido abogado en ejercicio CARLOS ENRIQUE BALZA inscrito en el IPSA bajo el N° 98.752, contra sentencia dictada en fecha 29 de Noviembre del 2024, emanada por este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en la misma se declara IMPROCEDENTE la impugnación a la experticia realizada experticia realizada por la Gerencia de Estadísticas Económicas del Banco Central de Venezuela la cual consta en la sentencia recurrida.
El artículo 82 del Código de Procedimiento Civil establece:
Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, peden ser recusados por alguna de las causas siguientes:…
…15° por haber el recusado manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente…
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 15º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, me INHIBO de seguir conociendo de la presente causa que por motivo de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRA JUDICIALES, incoada por la ciudadana LIBIA DEL VALLE CALDERIN GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. V- 9.427.012, contra el ciudadano ARGENIS TOMAS CABEZA RENGIFO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. V- 8.568.490; Vista la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha en fecha 28 de Marzo del 2025, en la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ARGENIS TOMAS CABEZA RENGIFO, debidamente asistido abogado en ejercicio CARLOS ENRIQUE BALZA inscrito en el IPSA bajo el N° 98.752, contra de la sentencia emanada por este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 29 de Noviembre del 2024 en la misma se declara IMPROCEDENTE la impugnación a la experticia realizada por la Gerencia de Estadísticas Económicas del Banco Central de Venezuela, y siendo que ello pudiera afectar mi subjetividad es que me INHIBO de seguir conociendo la presente causa, en la cual vale resaltar que se han garantizado a las partes el derecho a la defensa, el debido proceso y la tutela judicial efectiva. Es todo. Remítase en su momento, informe y las copias que señalaré oportunamente, al Juzgado Superior respectivo a fin de que decida la misma; e igualmente una vez vencido el lapso de allanamiento, remítase el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de esta misma Circunscripción Judicial a objeto de que siga conociendo de la presente causa.
El Juez Provisorio,


Abg. Gilberto José Cedeño Rivero
La Secretaria

Abg. Milagro Palma.
Exp. Nro. 16.588
GJCR/Mp/Cug.-