REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRANSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
Puerto Ordaz, 07 de noviembre de 2025
Años: 215° Y 166°
De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que el día 19-07-2024, fue consignada por ante la U.R.D.D, Unidad de Recepción de Documento Civiles, no Penal, la presente demanda por prescripción adquisitiva, incoada por el ciudadano González Euclides Sabino, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-8.534.870, Ahora bien, considera oportuno quien aquí suscribe realizar las siguientes consideraciones:
• En fecha 25 de Julio de 2025, el Tribunal declaro inadmisible la pretensión contenida en la presente demanda
Ahora bien una vez revisadas las actuaciones del presente expediente, se observa que mediante sentencia de fecha 25-07-2025, y visto el anterior computo quedo definitivamente firme, es por lo que en consecuente se declara TERMINADO por lo que, en procura del descongestionamiento del archivo de este Tribunal, se ordena la remisión del mismo al Archivo de este Palacio de Justicia con indicación de lo expresado en (Sentencia Nro. 925 de la Sala Constitucional del 15 de Mayo de 2002, con ponencia del Magistrado Antonio J. García, en el Juicio de Miguel Arcángel Godoy, expediente Nro. 02-0700), en la oportunidad correspondiente.
El JUEZ
WANDER BLANCO MONTILLA LA SECRETARIA
MARLIS TALY LEON
WBM/mtl/emml / Expediente 21.923