REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 20 DE NOVIEMBRE DE 2025
AÑOS: 215º Y 166º
Transcurrido como ha sido el lapso para que la parte accionante ejerciera el recurso ordinario de apelación contra la sentencia definitiva de fecha 01/10/2025 (folios 29 y 33), que declaró CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, en la presente demanda, presentada por el ciudadano MARCOS DAVID CECCONI ORIHUELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-20.413.386, debidamente asistida por abogada MILAGROS J, CHACARE, en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el N°125.736, contra OSCAR DAVID CECCONI RUBIN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad N°V-11.8353.899, actuando en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos JOSE JESUS MARIÑO RINCON y GENOVEVA ENCARNACION NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N°V-2.144.534 Y V-4.520.513; y atendiendo al artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, cuyo lapso comenzó a transcurrir al día hábil de despacho siguiente a la publicación de la referida decisión, quedando de esta manera definitivamente firme; en consecuencia, se declara TERMINADA la misma con todos los pronunciamientos de ley, acordándose la expedición de copias certificadas y devolución de originales en caso de requerirse e igualmente el archivo del expediente para que en la oportunidad que corresponda se remita al archivo judicial de esta circunscripción judicial. Cúmplase.
LA JUEZA
MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA
OSMELIS L. VELASQUEZ GUERRA
Exp. Nº 15.811-24.-
MUZ/olvg/yenhdat