REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, quince (17) de octubre del año 2025
215º y 166º
ASUNTO: MUN-2024-1161
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-V-2025-188
Resolución Nº PJ0262025000183
Vista la diligencia que antecede, de fecha 10 de octubre de 2025, suscrita por la ciudadana NANCY JOSEFINA LINARES CABRITA, Venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.904.100 debidamente asistida por la ciudadana MARILIN JIMENEZ RENGIFO, Abogada en Ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.606, mediante la cual reconoce que el documento privado en la presente demanda signado con el nro. MUN-2024-1161 suscrito por la ciudadana antes nombrada y el ciudadano JOSE EDUARDO CASTELLANOS LINARES Venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 19.298.268 sobre la compra venta privada de un bien inmueble debidamente protocolizado por ante la oficina del Registro Público Del Municipio Heres (ahora Angostura Del Orinoco) del Estado Bolívar de fecha 13 de diciembre de 1988 bajo el Nro. 08, tomo 17, protocolo primero, del cuarto trimestre del año 1988 constituido por una extensión de terreno que consta de un área de CIENTO SESENTA Y CUATRO METROS CON CUARENTA Y UN CENTÍMETROS (164.41 MTS) de superficie cuyos linderos son los siguientes: NORTE; lote 02 con línea recta con cuarenta metros (40.00 Mts) SUR: con Nancy linares y Joel castellanos con treinta y nueve metros con cincuenta y un centímetros ESTE: con calle 02 y Nancy linares con once metros con treinta y seis centímetros (11.36 Mts) y OESTE: con parcela 14 y Joel castellanos con once metros con cuarenta y nueve centímetros (11.49 Mts), el citado inmueble se encuentra ubicado en la urbanización San Rafael, bloque 50.000, numero parcelario 17. Lote Nro1, parroquia Vista Hermosa Municipio Angostura Del Orinoco del Estado Bolívar. en todo su contenido, firmas y huellas dactilares son verdaderos y fueron plasmado por su persona, así como también demuestra su pleno consentimiento de la venta y solicita el cierre definitivo de la misma y que sea homologado el presente convenimiento conforme a la normativa adjetiva civil, este Tribunal observa que las partes tienen capacidad para disponer del derecho en litigio; que se trata de materias sobre las cuales no están prohibidas las transacciones y que la parte actora tiene facultad para desistir, conforme al artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, cuestión por la cual, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al convenimiento de según consta en diligencia presentada ante este tribunal en fecha 10 de octubre del 2025 suscrita por la parte demandada en la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO, interpuesta por el ciudadano JOSE EDUARDO CASTELLANO LINARES en contra de la ciudadana NANCY JOSEFINA LINARES CABRITAS, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 ejusdem. Así se decide.
Se ordena declarar terminado la presente causa ordenando su remisión al archivo judicial. Devuélvanse los documentos originales consignados por la parte actora, previa certificación en autos.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025). Años: 215° de la Independencia y 166° de la federación.
La Juez,
Rosemary Orta Maitan
La Secretaria
Ennys Barreto Escorche
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana.
La Secretaria
Ennys Barreto Escorche
|