REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

PUERTO ORDAZ, 29 DE OCTUBRE DE 2025
AÑOS: 215º Y 166º

Transcurrido como ha sido el lapso para que la parte accionante ejerciera el recurso ordinario de apelación contra la sentencia definitiva de fecha 18/09/2025 (folios 09 y 10), que declaró CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO (SENT.693 DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TSJ), en la presente demanda, presentada por los ciudadanos JOHNNY RUBER MOTA GUEVARA y DANNIELYS ANDREINA ODREMAN RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-20.035.110 y V-27.504.272, debidamente asistida por abogada JUAN CARLOS GUTIERREZ APONTE, en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el N°128.594, y atendiendo al artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, cuyo lapso comenzó a transcurrir al día hábil de despacho siguiente a la publicación de la referida decisión, quedando de esta manera definitivamente firme; en consecuencia, se declara TERMINADA la misma con todos los pronunciamientos de ley, acordándose la expedición de copias certificadas y devolución de originales en caso de requerirse e igualmente el archivo del expediente para que en la oportunidad que corresponda se remita al archivo judicial de esta circunscripción judicial. Cúmplase.
LA JUEZA

MAYRA URBANEJA ZABALETA

LA SECRETARIA

OSMELIS L. VELASQUEZ GUERRA







Exp. Nº 16.084-25.-
MUZ/olvg/yenhdat