REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz

Puerto Ordaz, Cinco (05) de Octubre de 2012
Años: 202º y 153º

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2010-001145

PARTE ACTORA: JESUS SALVADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.955.088.

APODERADO JUDICIAL: IVAN RAMONES, Abogado en ejercicio, inscrito en los IPSA bajo el Nº 72.619 (Poder folios 13 al 14)

PARTE DEMANDADA: GRAFITOS DEL ORINOCO, C.A.

APODERADO JUDICIAL: ZHULANGGEL DIAZ ROA, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nº 110.364. (Poder folios 120 al 122)

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

ACTA DE INICIO Y DESISTIMIENTO

En el día de hoy, Viernes cinco (05) de Octubre de 2012, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la primera reunión de la Audiencia Preliminar y habiéndole correspondido a este despacho, el conocimiento de la presente causa, por sorteo de distribución efectuado por la Coordinación Judicial y Coordinación de Secretaria de este Circuito Laboral, se hizo el llamado tres (3) veces en la Sala de Alguaciles de este Circuito Laboral a viva voz, y a tal efecto se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la ciudadana ZHULANGGEL DIAZ ROA, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nº 110.364, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada GRAFITOS DEL ORINOCO, C.A., tal como se evidencia de instrumento poder que rielas a las actas del expediente. Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.

Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los cinco (05) días del mes de Octubre del dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZ 6º S.M.E. DEL TRABAJO


ABOG. DANIELLA FARIAS

LOS COMPARECIENTES
LA SECRETARIA