D E C I S I Ó N
Por todos los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por la ciudadana BERTA ELENA ESCALONA de PARRA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad 4.478.576 y el ciudadano RAFAEL ANTONIO PARRA BARRIOS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad Nº 4.190.561; asistidos por el abogado SAUDI H. RODRÍGUEZ P., inscrito en el Inpreabogado según matrícula N° 20.529. En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y contraído entre ellos, en fecha 8 de octubre de 1976, por ante la Jefatura Civil del Municipio Urbano, La Independencia, San Felipe, Estado Yaracuy, según s.....