Se acuerdó revocar la medida cautelar sustitutiva decretada en fecha 11/11/2005 en contra de los encausados Yor José Paz y Darwin Rafael Arcila, de conformidad con lo pautado en el ordinal 3° del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar se ordena su captura a los fines de cumplir con las finalidades del proceso.