Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley.
DECLARA
PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de DIVORCIO basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por los ciudadanos: FEDERICO PETRAROIA TESTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°. V- 4.967.069 y RAIZA YSABEL CANO MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.887.743 debidamente asistidos por el abogado en ejercicio MILAGROS COROMOTO GARCIA AMARO, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.54.890.-